INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA JAVIERA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 1 de agosto de 2024
- Repertorio
- 12999-2024
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público, Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Luis Thayer Ojeda N° 359, Providencia, Santiago, CERTIFICO. Que por escritura pública del acta de junta extraordinaria de accionistas de fecha 01/08/2024, Repertorio N° 12.999-2024, ante mí, don OSCAR LUIS ALFARO WONG, cédula nacional de identidad N°9.066.271-6, y doña MARIA CELESTE MORA ESCOBAR, cédula nacional de identidad N°7.461.110-9 únicos accionistas de sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA JAVIERA S.A.” RUT: 76.096.997-4 inscrita a fs 18132 Numero 12283 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2010, mediante junta extraordinaria celebrada con fecha 01 de Agosto de 2024, en las dependencias del notario don Eduardo Diez Morello con domicilio en avenida Luis Thayer Ojeda N° 359, Providencia, Santiago, se acordo modificar los estatutos sociales, modificando el Objeto social de INMOBILIARIA E INVERSIONES DOÑA JAVIERA S.A, del siguiente modo: “ARTICULO CUARTO: El objeto de la sociedad será a) La ejecución, por cuenta propia o ajena, de toda clase de construcciones, obras y edificaciones, tales como viviendas, edificios, puentes, caminos, tranques, obras de regadío, túneles, puertos, aeropuertos, movimientos de tierra; b) La urbanización y dotación de inmuebles, urbanos o rurales; c) La prestación de toda clase de servicios y asesorías en materias y negocios inmobiliarios, pudiendo asesorar, proyectar, planificar, organizar, dirigir y administrar todo tipo de obras; d) La realización de inversiones en toda clase de bienes inmuebles, sean urbanos o rurales; la planificación, desarrollo y ejecución de loteos, conjuntos habitacionales, deportivos, turísticos, recreacionales o sociales y de toda clase de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, arrendamiento y la comercialización en general de toda clase de bienes inmuebles o de derechos en ellos y el desarrollo y promoción, por cuenta propia o ajena, de negocios inmobiliarios; e) la inversión en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, especialmente acciones, bonos, debentures, efectos de comercio, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; y f) La constitución de sociedades o asociaciones de cualquier tipo y el ingreso a ellas, sea en calidad de socio o accionista, su modificación y la administración de las mismas.” En todo lo no modificado se mantienen vigentes las estipulaciones del pacto social constitutivo y sus modificaciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 06 de Agosto 2024.