INVERSIONES CASTILLO ALARCÓN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de julio de 2024
- Notario
- RODRIGO ORLANDO CANTUARIAS COSTA
- Oficio
- Segunda Notaria de Los Ángeles y su territorio jurisdiccional
Objeto social
a) realizar inversiones en bienes raíces y especies muebles y valores mobiliarios e instrumentos mercantiles, b) el arrendamiento de bienes raíces o muebles. c) compra venta de bienes raíces o muebles d) cualquier otra actividad que los socios acuerden ya sea que corresponda al giro principal pudiendo en su caso hacer las ampliaciones de giro respectivo. La administración y uso de la razón social, corresponderá al socio LEONARDO ANDRÉS CASTILLO TORRES
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ORLANDO CANTUARIAS COSTA, Abogado, Notario público Titular de la Segunda Notaria de Los Ángeles y su territorio jurisdiccional, domiciliado en calle Lautaro 371 de la ciudad de Los Ángeles, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, LEONARDO ANDRÉS CASTILLO TORRES, Eléctrico automotriz, doña CARLA ANDREA ILLANES ALARCÓN, Trabajadora dependiente, ambos casados entre sí, con separación total de bienes, domiciliados en Patricio Lynch mil ochocientos cuarenta y siete, de la ciudad de Los Ángeles, constituyeron sociedad comercial, bajo razón social “INVERSIONES CASTILLO ALARCÓN LIMITADA”, pudiendo actuar además, incluso ante los bancos con el nombre de fantasía de “CASTILLO ALARCÓN LTDA”, Objeto social: a) realizar inversiones en bienes raíces y especies muebles y valores mobiliarios e instrumentos mercantiles, b) el arrendamiento de bienes raíces o muebles. c) compra venta de bienes raíces o muebles d) cualquier otra actividad que los socios acuerden ya sea que corresponda al giro principal pudiendo en su caso hacer las ampliaciones de giro respectivo. La administración y uso de la razón social, corresponderá al socio LEONARDO ANDRÉS CASTILLO TORRES. Capital Social. El capital social de la sociedad será de noventa y seis millones quinientos mil pesos. Sociedad durará 30 años contados desde fecha de escritura extractada y su vigencia, se renovará sucesivamente por periodos iguales de cinco años si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle termino con una anticipación de, a lo menos seis meses antes del vencimiento del periodo que estuviere en vigencia, mediante escritura pública que deberá inscribirse al margen de la inscripción social con la misma antelación y notificarse judicialmente al otro socio.- Socios limitan responsabilidad con sus respectivos aportes. Domicilio social, ciudad de Los Ángeles. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Los Ángeles, 29 de Julio de 2024.