MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MULTISERVICIOS REYES LIMITADA

RUT 76413890-2 CVE 2528681
Capital
$3.000.000 CLP

Instrumento

Sin información de instrumento parseada en esta publicación.

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LIDIA CHAHUAN ISSA, Notario esta Comuna, Diego Lillo 331, certifica que por escritura fecha hoy, ante mí, JUAN CARLOS REYES ARANIS, cedula nacional de identidad número siete millones ochocientos cincuenta y un mil novecientos cuatro guion cinco; TAMARA PAZ REYES MORENO, cedula nacional de identidad número dieciséis millones trescientos cincuenta y seis mil ciento cuarenta y tres guion tres, y don JUAN CARLOS REYES MORENO, cédula nacional de identidad número quince millones seiscientos treinta y cinco mil setecientos cuarenta y seis guión cuatro, todos domiciliados en calle Josefina, número seiscientos setenta y uno, La Calera, modificaron sociedad responsabilidad limitada, "MULTISERVICIOS REYES LIMITADA”, inscrita a fojas 265, número 221 del año dos mil cinco, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio la ciudad de Quillota. Modificaciones consisten: Doña TAMARA PAZ REYES MORENO, vende, cede y transfiere el cincuenta por ciento de sus derechos en la sociedad, a don JUAN CARLOS REYES MORENO, quien compra y acepta para sí tales derechos. El precio de la venta es la suma de dos millones de pesos ($2.000.000), que el comprador pago en el acto en dinero efectivo y la vendedora declara recibirlo a su entera satisfacción. Los socios modifican la cláusula Segunda del pacto social en el siguiente sentido: “El objeto de la sociedad será la prestación de servicios en recursos humanos, mano de obra, contratación y subcontratación, en cualquiera actividad laboral. La compra, venta, exportación e importación y representación de marcas y compañías extranjeras de toda clase de bienes corporales muebles”. Asimismo, modifican cláusula Séptimo, en el sentido que la administración y uso de la razón social, corresponderá en forma indistinta a los socios JUAN CARLOS REYES ARANIS, y don JUAN CARLOS REYES MORENO, manteniendo idénticas facultadas señaladas en dicha cláusula. CAPITAL INICIAL $3.000.000.- En todo lo no modificado rige estipulaciones pacto original. La Calera 10 de Julio 2024.