MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Atacama Cobre LTD., Agencia en Chile

RUT 59303500-K CVE 2527922
Fecha instrumento
23 de julio de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de julio de 2024
Repertorio
5056
Notario
Humberto Quezada Moreno
Oficio
Vigésimo Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Humberto Quezada Moreno, Notario Público, Titular Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, Apoquindo N° 3.196, Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 23 de julio de 2024, Repertorio N° 5.056, ante mí, don Andrés Jaime Burlé Broder, en representación de Atacama Cobre LTD. (la “Sociedad”), ambos domiciliados en calle Augusto Leguía Norte N° 100, oficina 410, Las Condes, Santiago, dió cuenta y declaró respecto de Atacama Cobre LTD., Agencia en Chile, agencia inscrita a fojas 20.924 número 10.005 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2021 (la “Agencia”), lo siguiente: (i) La revocación, por parte de la Sociedad, de todos los poderes otorgados a don Gino Alfredo Zandonai Steel como agente de la Agencia; y (ii) Su designación como agente de la Agencia, con amplios poderes para mantener, dirigir y administrar la Agencia en la República de Chile. Con esta misma fecha se protocolizo en mis Registros de Instrumentos Públicos la escritura de revocación y nombramiento de agente y poder general, suscrita con fecha 11 de julio de 2024, bajo el Repertorio N° 5.056, en la que la Sociedad, debidamente representada, revocó todos los poderes conferidos a don Gino Alfredo Zandonai Steel como agente de la Agencia. Además, mediante dicho instrumento, la Sociedad designó a don Andrés Jaime Burlé Broder como nuevo agente de la Agencia, confiriéndole amplios poderes para que, mantenga, dirija y administre la Agencia en la República de Chile, bajo la responsabilidad directa de la Sociedad. Asimismo, se le otorgaron amplias facultades para ejecutar operaciones en nombre de la Agencia en todos los asuntos, juicios y negocios que tenga o pudiere tener en Chile, otorgándole expresamente las facultades a que se refieren los incisos primero y segundo del artículo séptimo del Código de Procedimiento. La escritura de revocación y nombramiento de agente y poder general, fue debidamente apostillada el 12 de julio de 2024. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de julio de 2024. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.