MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS E INVERSIONES PÉREZ LARRAÍN LIMITADA

RUT 76095541-8 CVE 2528179
Fecha instrumento
23 de julio de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de julio de 2024
Notario
María Pilar Gutiérrez Rivera
Oficio
Décimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Pilar Gutiérrez Rivera, abogado, Notario Público, titular de la Décimo Octava Notaría de Santiago, domiciliada en Avenida Apoquindo número tres mil treinta y nueve, quinto piso, comuna de Las Condes, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 23 de julio de 2024, repertorio número 10.274 / 2024, JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ SALINAS, SONIA MARÍA DE LA LUZ LARRAÍN RÍOS, BERNARDITA SONIA PÉREZ LARRAÍN, MARÍA DE LOS ÁNGELES PÉREZ LARRAÍN, FRANCISCO JOSÉ PÉREZ LARRAÍN y MARÍA JESÚS PÉREZ LARRAÍN, todos los anteriores con domicilio para estos efectos en calle San Damián número seiscientos sesenta, departamento doce D, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron la sociedad denominada ASESORÍAS E INVERSIONES PÉREZ LARRAÍN LIMITADA, constituida mediante escritura pública otorgada con fecha 25 de marzo de 2010, en la Notaría de Santiago de don Humberto Quezada Moreno, e inscrita a fojas 93, número 60 del Registro de Comercio correspondiente al año 2010 del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando, como sigue: Uno. Bernardita Sonia Pérez Larraín, con el consentimiento de sus consocios, vendió, cedió y transfirió una cuota en el capital social de la sociedad denominada Asesorías e Inversiones Pérez Larraín Limitada ascendente a la suma de veinticinco mil pesos, equivalente a un dos coma cinco por ciento de derechos sociales, a Sonia María de la Luz Larraín Ríos, quien los compró, aceptó y adquirió para sí. Dos. María de los Ángeles Pérez Larraín, con el consentimiento de sus consocios, vendió, cedió y transfirió una cuota en el capital social de la sociedad denominada Asesorías e Inversiones Pérez Larraín Limitada ascendente a la suma de veinticinco mil pesos, equivalente a un dos coma cinco por ciento de derechos sociales, a Sonia María de la Luz Larraín Ríos, quien los compró, aceptó y adquirió para sí. Tres. María Jesús Pérez Larraín, con el consentimiento de sus consocios, vendió, cedió y transfirió una cuota en el capital social de la sociedad denominada Asesorías e Inversiones Pérez Larraín Limitada ascendente a la suma de veinticinco mil pesos, equivalente a un dos coma cinco por ciento de derechos sociales, a Sonia María de la Luz Larraín Ríos, quien los compró, aceptó y adquirió para sí. Cuatro. Francisco José Pérez Larraín, con el consentimiento de sus consocios, vendió, cedió y transfirió una cuota en el capital social de la sociedad denominada Asesorías e Inversiones Pérez Larraín Limitada ascendente a la suma de veinticinco mil pesos, equivalente a un dos coma cinco por ciento de derechos sociales, a Sonia María de la Luz Larraín Ríos, quien los compró, aceptó y adquirió para sí. Cinco. Como consecuencia de las cesiones de derechos sociales, Sonia María de la Luz Larraín Ríos aumentó su participación en el capital social a un cincuenta por ciento; y Bernardita Sonia Pérez Larraín, María de los Ángeles Pérez Larraín, María Jesús Pérez Larraín y Francisco José Pérez Larraín se retiraron de la sociedad, todo lo cual fue expresamente aceptado por todos los socios. Seis. Con el propósito de dar cuenta de lo anterior en los estatutos sociales, los actuales y únicos socios de la compañía, esto es, José Joaquín Pérez Salinas y Sonia María de la Luz Larraín Ríos, acordaron modificar los estatutos sociales, reemplazando la cláusula cuarta del actual pacto social por la siguiente: “CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que se encuentra íntegramente pagado y que le corresponde a sus socios como sigue: a) a don José Joaquín Pérez Salinas, en la suma de quinientos mil pesos, equivalente a un cincuenta por ciento de los derechos sociales; y b) a doña Sonia María de la Luz Larraín Ríos, en la suma de quinientos mil pesos, equivalente a un cincuenta por ciento de los derechos sociales.”. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago 29 de julio de 2024.