MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA E INVERSIONES HE SpA

RUT 77494466-4 CVE 2527186
Fecha instrumento
10 de julio de 2024
Notaría
Cauquenes

Instrumento

Fecha
10 de julio de 2024
Repertorio
940-2024
Notario
Ivonne Pilar Elgueta Cancino
Oficio
Segunda Notaría de Cauquenes
Comuna
Cauquenes

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Ivonne Pilar Elgueta Cancino, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Cauquenes, con oficio en Victoria 459, Cauquenes, certifico: Por escritura de fecha 10 de julio de 2024, repertorio 940-2024, ante mí, don CHRISTIAN FERNANDO HORMAZABAL ESCALONA, chileno, cédula de identidad número trece millones trescientos setenta y tres mil cuatrocientos veintisiete guión nueve, contratista, soltero, domiciliado en calle Bascuñan, número cuatrocientos treinta y cinco, Cauquenes, viene en rectificar la escritura pública de fecha 23 de abril de 2021 de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES HE SpA”, cuyo rol único tributario es setenta y siete millones cuatrocientos noventa y cuatro mil cuatrocientos sesenta y seis guión cuatro, y cuyo capital corresponde a la suma de ciento setenta y tres millones quinientos mil pesos, otorgada ante don JOSÉ ANTONIO MARTINEZ DEMANDES, Notario Público de CAUQUENES, que figura con el número de repertorio quinientos setenta y nueve del año dos mil veintiuno e inscrita a a fojas 14 número 12 del año 2021 del Conservador de Comercio de Cauquenes y cuyo nombre de fantasía es INMOBILIARIA ASTRO SpA en el siguiente sentido: Rectifico la escritura de constitución de INMOBILIARIA E INVERSIONES HE SpA, ya individualizada, rectificando los aportes señalados en las letras A), B) y E) eliminando la palabra “anterior” en el párrafo donde se señala la inscripción del dominio de los inmuebles respectivos. En consecuencia, se rectifican en este acto los siguientes pasajes de la escritura de constitución de fecha veintitrés de abril de dos mil veintiuno: UNO) El artículo sexto de la escritura ya individualizada, rectificando con relación al inmueble aportado en la letra A) donde se señala: “El título de dominio anterior se encuentra inscrito a fojas número mil cuatrocientos noventa y nueve bajo el número mil cuatrocientos ochenta y cinco del año dos mil dieciocho Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cauquenes” quedando dicho párrafo del modo que a continuación se indica: “El título de dominio se encuentra inscrito a fojas número mil cuatrocientos noventa y nueve bajo el número mil cuatrocientos ochenta y cinco del año dos mil dieciocho Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cauquenes”. DOS) El artículo sexto de la escritura ya individualizada, rectificando con relación al inmueble aportado en la letra B) donde se señala: “El título de dominio anterior se encuentra inscrito a fojas treinta y nueve número treinta y nueve en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cauquenes del año dos mil veintiuno” quedando dicho párrafo del modo que a continuación se indica: “El título de dominio se encuentra inscrito a fojas treinta y nueve número treinta y nueve en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cauquenes del año dos mil veintiuno”. TRES) El artículo sexto de la escritura ya individualizada, rectificando con relación al inmueble aportado en la letra E) donde se señala: “El título anterior de dominio rola a fojas doscientos sesenta y uno bajo el número doscientos cuarenta y siete del Registro de Propiedad del año dos mil veinte del Conservador de Bienes Raíces de Cauquenes” quedando dicho párrafo del modo que a continuación se indica: “El título de dominio rola a fojas doscientos sesenta y uno bajo el número doscientos cuarenta y siete del Registro de Propiedad del año dos mil veinte del Conservador de Bienes Raíces de Cauquenes”. La presente escritura se entenderá a formar parte de la constitución de la sociedad por acciones INMOBILIARIA E INVERSIONES HE SpA, individualizada en las cláusulas anteriores, rectificándola en lo expresado en la cláusula anterior, dejando válidas y subsistentes en todas sus partes, las cláusulas no modificadas. Demás estipulaciones escritura extractada. Cauquenes 30 de julio de 2024.