INGENIERÍA Y SERVICIOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de julio de 2024
- Notario
- Pablo Eisendecher Bertin
- Domicilio
- Osorno
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPablo Eisendecher Bertin, Notario Público Titular de Osorno, Bernardo O'Higgins 691, Osorno, certifica: Por escritura pública fecha 05 de Julio de 2024, comparecen doña EMA MARISOL ULLOA YÁÑEZ, chilena, ingeniera comercial, casada y separada totalmente de bienes, domiciliada en calle Efraín Vásquez número mil ciento setenta y cinco, comuna de Osorno, cédula nacional de identidad número nueve millones ochocientos noventa y cinco mil setecientos sesenta y ocho guion cinco; y don NELSON ALEJANDRO RUIZ VELÁSQUEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero en ejecución en electricidad, domiciliado en calle Efraín Vásquez número mil ciento setenta y cinco, comuna de Osorno, cédula nacional de identidad número ocho millones ochocientos dieciocho mil trescientos ochenta guion cero, modifican la sociedad “INGENIERÍA Y SERVICIOS LIMITADA”, o “INGESER LTDA.”, Rol Único Tributario setenta y seis millones setecientos cincuenta y nueve mil ochocientos cuarenta guion ocho, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas cuarenta y cuatro número treinta y nueve en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Osorno del año dos mil siete, saneada cuyo extracto fue inscrito a fojas quinientos sesenta y cinco vuelta número trescientos veinticuatro en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Osorno del año dos mil catorce, en lo siguiente: Por medio del presente instrumento, doña EMA MARISOL ULLOA YÁÑEZ, con el consentimiento expreso de su consocio, vende, cede y transfiere el veinticinco por ciento de los derechos o intereses sociales de la sociedad INGENIERIA Y SERVICIOS LIMITADA, a doña DANIELA ALEJANDRA RUIZ ULLOA, quien acepta y adquiere para sí personalmente. El precio de esta venta o cesión es la suma total de doscientos cincuenta mil pesos, que se paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, a entera conformidad de la cedente quien declara recibir conforme. Asimismo, por medio del presente instrumento, don NELSON ALEJANDRO RUIZ VELÁSQUEZ, con el consentimiento expreso de su consocia, vende, cede y transfiere el veinticinco por ciento de los derechos o intereses sociales de la sociedad INGESER LTDA. a don SEBASTIÁN IGNACIO RUIZ ULLOA, quien acepta y adquiere para sí personalmente. El precio de esta venta o cesión es la suma total de doscientos cincuenta mil pesos, que se paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, a entera conformidad de la cedente quien declara recibir conforme. Como consecuencia de lo anterior, la sociedad “INGENIERIA Y SERVICIOS LIMITADA”, O “INGESER LTDA.” queda conformada por los siguientes socios y con los siguientes porcentajes de participación Doña EMA MARISOL ULLOA YÁÑEZ con el veinticinco por ciento del patrimonio social; don NELSON ALEJANDRO RUIZ VELÁSQUEZ con un veinticinco por ciento del patrimonio social; doña DANIELA ALEJANDRA RUIZ ULLOA con un veinticinco por ciento del patrimonio social; y don SEBASTIÁN IGNACIO RUIZ ULLOA con un veinticinco por ciento del patrimonio social. Además, los comparecientes y actuales socios conviven modificar la cláusula TERCERO del pacto social, relativa al objeto social, ampliándolo y reemplazando íntegramente por la siguiente: “TERCERO: El objeto de la sociedad será la prestación de todo tipo de servicios y asesorías en todas las áreas de la ingeniería eléctrica; el diseño, evaluación elaboración de anteproyectos, proyectos, topografía, asesorías, tasaciones, estudios de prefactibilidad, factibilidad, dibujo técnico, obtención de servidumbres y permisos de pasos para la construcción, montaje, tendido, mantención y reparación de líneas y redes eléctricas y de telefonía rural y urbana; la compra venta, importación, exportación, representación y distribución de equipos, instrumentos de geomensura, ópticos de medición, fotogramétrica, drones industriales, materiales eléctricos y de telecomunicaciones, y cualquier otro equipo o instrumento tecnológico; la prestación de todo tipo de servicios y asesorías en la prevención de riesgos laborales; la prestación de servicios contratistas y subcontratistas en la construcción de todo tipo de obras civiles menores; la prestación de servicios de transportes de todo tipo de carga, por medios propios o ajenos y el arriendo de toda clase de vehículo; servicios de transporte aéreo y/o trabajo aéreo con fines de lucro; la actividad propia del ejercicio de la profesión consistente en la prestación de servicios jurídicos, y de auditoría; la representación judicial y/o administrativa de todo tipo de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; asesorías en materias tributarias, de propiedad industrial o intelectual, laborales, societarias y la prestación de cualquier otro servicio profesional de similar naturaleza; y, en general, cualquier otra actividad, relacionada o no con las anteriores, que los socios acuerden.”. Asimismo, se modifica la cláusula CUARTO del pacto social, acordando por este acto los comparecientes que la administración, representación y uso de la razón social, le corresponderá a los socios don NELSON ALEJANDRO RUIZ VELÁSQUEZ y don SEBASTIÁN IGNACIO RUIZ ULLOA, quienes, anteponiendo la razón social a su firma, representarán, ya sea en forma individual o conjunta, indistintamente, a la sociedad, con todas y cada una de las facultades contenidas en la cláusula CUARTO del pacto social, las que se mantienen plenamente vigentes. En todo lo no modificado quedan plenamente vigentes todas las estipulaciones del contrato contractual. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, 29 de Julio de 2024.