Instrumento
- Fecha
- 26 de julio de 2024
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la sociedad será: A) La prestación de servicios el rubro de la ingeniería y la construcción, por sí o a través de terceros. La ejecución de construcciones de obras civiles, edificios, casas, y en general de cualquier tipo de estructuras para fines habitacionales, comerciales, oficinas e industriales. B) La inversión, explotación y comercialización de toda clase de bienes inmuebles, urbanos o rurales, pudiendo lotearlos, dividirlos, urbanizarlos, plantarlos, construirlos. arrendarlos, explotarlos y percibir sus frutos. C) La inversión, adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, valores mobiliarios especialmente derechos en sociedades, acciones, bonos debentures, todo tipo de títulos de crédito, instrumentos financieros y en general, cualquier clase de valores y efectos de comercio, su explotación,
Administración
comercialización y percibir sus frutos. D) Concurrir a la formación y participación de toda clase de sociedades, comunidades asociaciones, adquirir derechos o acciones de ellas. E) Adquirir, enajenar, arrendar, subarrendar y enajenar bienes muebles e inmuebles, bajo cualquier título permitido por la ley, necesarios para el cumplimiento del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ, Notario Titular de la 37° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N° 1.117, oficina 1.014, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por escritura pública otorgada con fecha 26 de julio de 2024, repertorio número 2499-2024, ante mí, doña MARTA VERONICA BRAVO CORREA, don JORGE IGNACIO LABORDE BRAVO, y doña TRINIDAD JAVIERA LABORDE BRAVO, constituyeron una Sociedad por Acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: NOMBRE: La sociedad se denominará “EDROBAL SpA”. OBJETO: El objeto de la sociedad será: A) La prestación de servicios el rubro de la ingeniería y la construcción, por sí o a través de terceros. La ejecución de construcciones de obras civiles, edificios, casas, y en general de cualquier tipo de estructuras para fines habitacionales, comerciales, oficinas e industriales. B) La inversión, explotación y comercialización de toda clase de bienes inmuebles, urbanos o rurales, pudiendo lotearlos, dividirlos, urbanizarlos, plantarlos, construirlos. arrendarlos, explotarlos y percibir sus frutos. C) La inversión, adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, valores mobiliarios especialmente derechos en sociedades, acciones, bonos debentures, todo tipo de títulos de crédito, instrumentos financieros y en general, cualquier clase de valores y efectos de comercio, su explotación, administración. comercialización y percibir sus frutos. D) Concurrir a la formación y participación de toda clase de sociedades, comunidades asociaciones, adquirir derechos o acciones de ellas. E) Adquirir, enajenar, arrendar, subarrendar y enajenar bienes muebles e inmuebles, bajo cualquier título permitido por la ley, necesarios para el cumplimiento del objeto social. F) En general celebrar y realizar todos los actos, contratos y operaciones conexos, accesorios o accidentales que sean necesarios o convenientes para la realización del objeto social de la Sociedad. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades. CAPITAL: El capital social asciende a la cantidad de un millón de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de julio de 2024.