CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones e Inmobiliaria Esperanza Limitada

CVE 2526641
Capital
$95.209.856 CLP
Fecha instrumento
25 de julio de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de julio de 2024
Repertorio
9341-2024
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$95.209.856 CLP
Duración
40 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de 10 años cada uno, salvo que algún socio manifieste voluntad de no prorrogarla en tiempo y forma señalada en escritura extractada

Objeto social

El objeto de la sociedad es: a) desarrollar el negocio inmobiliario, pudiendo al efecto comprar, vender, arrendar y explotar, en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes raíces o muebles; b) construir por cuenta propia o ajena, y bajo cualquier modalidad, toda clase de edificaciones; c) la inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, incluyendo la adquisición de acciones, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, bonos, instrumentos financieros, efectos de comercio y, en general, en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de crédito o de inversión, junto con la administración y explotación de estas inversiones y sus frutos o productos; d) formar, constituir, o integrar sociedades, empresas, asociaciones, corporaciones, de cualquier naturaleza, para el adecuado desarrollo de sus fines; y e) la realización de todos los negocios que los socios acuerden en relación al objeto mencionado

Administración

corresponderá a doña Sthefany Huaccha Diestra y a don Sant Erik Sthek Huaccha Diestra, de forma indistinta, con las facultades indicadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36ª Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, piso 2, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 25 de julio de 2024, Repertorio N° 9.341-2024, ante mí, Santos Huaccha Quispe, Sthefany Brenda Huaccha Diestra, y Sant Erik Sthek Huaccha Diestra todos domiciliados en calle Esperanza número 1260, comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón social “Inversiones e Inmobiliaria Esperanza Limitada”, pudiendo usar para efectos comerciales, bancarios, tributarios o de publicidad la expresión “Inversiones e Inmobiliaria Esperanza Ltda.” Administración y uso de la razón social: corresponderá a doña Sthefany Huaccha Diestra y a don Sant Erik Sthek Huaccha Diestra, de forma indistinta, con las facultades indicadas en escritura extractada. Capital social: $95.209.856, el cual ha sido aportado y pagado por los socios en las siguientes proporciones y forma i) don Santos Huaccha Quispe, aporta y paga en este acto la cantidad de noventa millones doscientos nueve mil ochocientos cincuenta y seis pesos, equivalente al noventa y cuatro coma setenta y cinco por ciento de los derechos sociales, íntegramente enterado en arcas sociales; ii) doña Sthefany Huaccha Diestra, aporta y paga en este acto la cantidad de dos millones quinientos mil pesos, equivalente a un dos coma seiscientos veinticinco por ciento del capital social, íntegramente enterado en arcas fiscales; y iii) don Sant Erik Sthek Huaccha Diestra aportó y pagó la cantidad de dos millones quinientos mil pesos, equivalente a un dos coma seiscientos veinticinco por ciento del capital social, íntegramente enterado en arcas fiscales. Objeto: El objeto de la sociedad es: a) desarrollar el negocio inmobiliario, pudiendo al efecto comprar, vender, arrendar y explotar, en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes raíces o muebles; b) construir por cuenta propia o ajena, y bajo cualquier modalidad, toda clase de edificaciones; c) la inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, incluyendo la adquisición de acciones, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, bonos, instrumentos financieros, efectos de comercio y, en general, en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de crédito o de inversión, junto con la administración y explotación de estas inversiones y sus frutos o productos; d) formar, constituir, o integrar sociedades, empresas, asociaciones, corporaciones, de cualquier naturaleza, para el adecuado desarrollo de sus fines; y e) la realización de todos los negocios que los socios acuerden en relación al objeto mencionado. Duración: 40 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de 10 años cada uno, salvo que algún socio manifieste voluntad de no prorrogarla en tiempo y forma señalada en escritura extractada. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Se facultó portador de extracto para legalización. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO, 26 de julio de 2024.-