SOCIEDAD FORESTAL, CONSTRUCTORA Y MANTENCIÓN DE MAQUINARIA INDUSTRIAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de julio de 2024
- Notario
- MODIFICACION DANIEL RIGOBERTO ÁLVAREZ SOZA
- Domicilio
- las comunas de Lebu y Los Álamos
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEXTRACTO MODIFICACION DANIEL RIGOBERTO ÁLVAREZ SOZA, Notario Público Titular de las comunas de Lebu y Los Álamos, Alcázar 189,B, Lebu, Por escritura de fecha 9 de julio del 2024 ante mí: don FERNANDO OCTAVIO PAREDES JEREZ, chileno, empresario, casado, mayor de edad, cedula de identidad y rol único tributario doce millones trescientos ochenta y cinco mil ochocientos cincuenta y cinco guion siete (12.385.855-7) domiciliado en Avenida Las Araucarias número ciento setenta y cuatro, de la localidad de Tres Pinos, comuna de Los Álamos; doña FERNANDA VALENTINA PAREDES MACHEO, chilena, profesora, casada en sociedad conyugal, pero actuando a través de su patrimonio reservado en conformidad al artículo ciento cincuenta del Código Civil, mayor de edad, cedula de identidad y rol único tributario diecinueve millones trecientos sesenta y cuatro mil doscientos cincuenta y ocho guion seis (19.364.258-6) domiciliada en calle Libertad cuatrocientos veintitrés comuna de Los Álamos; doña GLORIA HAYDEE MACHEO VIDAL, chilena, casada y totalmente separada de bienes, profesora, mayor de edad, cedula de identidad y rol único tributario trece millones ciento cuarenta y siete mil seiscientos setenta y cuatro guion cuatro (13.147.674-4), domiciliada en avenida Las Araucarias número ciento setenta y cuatro, de la localidad de Tres Pinos, comuna de Los Álamos, modificando sociedad comercial de responsabilidad limitada “SOCIEDAD FORESTAL, CONSTRUCTORA Y MANTENCIÓN DE MAQUINARIA INDUSTRIAL LIMITADA”. Siendo su capital inicial $2.000.000.- Inscrita a fojas veinticinco (25); número dieciocho (18) en Registro de Comercio de Lebu año dos mil nueve (2009). Modificación consiste en: CESIÓN DE DERECHOS: en la cláusula tercera de la escritura de modificación, don FERNANDO OCTAVIO PAREDES JEREZ vende, cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos, acciones e interés en la sociedad, ascendientes al DIEZ POR CIENTO del capital social a doña FERNANDA VALENTINA PAREDES MACHEO, quien los compra, acepta y adquiere para sí en el ejercicio de su patrimonio reservado el cual se acredito en la cláusula octava de la respectiva escritura. En la cláusula cuarta se señala que el precio de esta cesión es la suma de un millón doscientos mil pesos (1.200.000), y por último en la cláusula quinta se indica que todos los socios en especial doña GLORIA HAYDEE MACHEO VIDAL, declara manifestar expresamente su consentimiento a la presente cesión. UNICOS SOCIOS: En la cláusula sexta se menciona que desde ahora los únicos socios de la sociedad son doña GLORIA HAYDEE MACHEO VIDAL con el NOVENTA por ciento del interés, derechos, capital e ingresos sociales y doña FERNANDA VALENTINA PAREDES MACHEO con el DIEZ por ciento del interés, derechos, capital e ingresos sociales. CAMBIO DE REPRESENTANTE: En la cláusula séptima se hace referencia a que los únicos socios, tanto doña GLORIA HAYDEE MACHEO VIDAL y doña FERNANDA VALENTINA PAREDES MACHEO consienten en modificar la cláusula cuarta de la escritura de constitución, la que se refiere a la administración, representación y uso de la razón social, la cual queda entregada a doña GLORIA HAYDEE MACHEO VIDAL con las facultades allí mencionadas. En todo lo no modificado, se mantiene los estatutos del pacto social. Lebu, 25 de julio del año 2024.