RESET TECNOLOGÍA Y PLATAFORMAS SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de julio de 2024
- Repertorio
- 2150-2024
- Notario
- JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS
- Oficio
- 4ta Notaría de Talca
- Comuna
- Talca
Sociedad
- Capital
- $21.100.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley N° 20.659
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Extraordinaria de Accionistas de la sociedad RESET TECNOLOGÍA Y PLATAFORMAS SpA | socio | 76397876-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS, Abogado, Notario Público Titular de la 4ta Notaría de Talca, con oficio en calle 2 Oriente N°1140, Talca, Certifico: Que por escritura pública de fecha veintinueve de Julio de dos mil veinticuatro, Repertorio N° 2.150-2024, ante mí, don ÁNGEL FRANZ MEDINA VEGA, chileno, casado y separado de bienes, empresario, cédula nacional de identidad número 13.351.757-K, domiciliado para estos efectos, en calle 1 Norte número 1661, Depto. 104, Talca; el compareciente, mayor de edad, quién acredita identidad en forma legal y expone: que debidamente facultado para ello, redujo a escritura pública ACTA SEXTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS RESET TECNOLOGÍA Y PLATAFORMAS SpA, la que corre desde el folio número dieciséis hasta el folio número dieciocho, del libro de actas que he tenido a la vista, copié y devolví y cuyo tenor es el siguiente: En Talca, a 26 días del mes de julio del año 2024, siendo las 13:00 horas, en las oficinas de la sociedad ubicada en 1 Norte 1661, Departamento 106, Talca, se celebró Sexta Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad RESET TECNOLOGÍA Y PLATAFORMAS SpA, Rol Único Tributario N° 76.397.876-1. Presidió la reunión don ÁNGEL FRANZ MEDINA VEGA y actuó de secretario don MAURICIO AUGUSTO ESPINOSA MENA. Constitución: la sociedad RESET TECNOLOGÍA Y PLATAFORMAS SpA, fue constituida de conformidad a la Ley N° 20.659, ante el Registro de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, con fecha 03 de julio de 2014, y se encontraba inscrita en dicho registro, bajo el Rol Único Tributario N° 76.397.876-1. Migración: según consta en Certificado Digital de Migración al Régimen General, emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, de fecha dieciséis de febrero de dos mil veintitrés, la sociedad migró al Régimen General, constando un extracto de ello, publicado en el Diario Oficial, con fecha 03 de marzo del año 2023, y se inscribió a fojas 183 vuelta, número 117, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año 2023. Giro: Prestación servicios y asesorías profesionales de ingeniería en general; diseño, desarrollo, implementación, mantención, administración, fabricación, compra, venta, arriendo, permuta, importación, exportación de: software, hardware, sistemas comunicacionales de gestión a través de internet, servicios de equipamiento electrónicos y eléctricos, docencia de ingeniería y gestión. 4. Capital: $21.100.000, dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y cuyo valor nominal es de $21,1 cada una de ellas. OBJETO DE LA JUNTA. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $21.100.000, dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, el cual se encuentra oportunamente enterado, suscrito y pagado de conformidad al artículo primero transitorio del pacto social. Dicho capital se encuentra dividido de la siguiente manera: don MAURICIO AUGUSTO ESPINOSA MENA es propietario de 500.000 acciones ordinarias de la serie única, equivalentes a $10.550.000 del capital social y don ÁNGEL FRANZ MEDINA VEGA es propietario de 500.000 acciones ordinarias de la serie única, equivalentes a $10.550.000 del capital social. Preferencia: En la eventualidad que cualquiera de los accionistas decida enajenar sus acciones, será obligatorio ofrecerlas preferentemente a los demás accionistas, no pudiendo sino cederlas o venderlas a terceros, solo una vez que el resto de los accionistas haya rechazado dicha oferta, debiendo constar dicha respuesta, mediante comunicación electrónica, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la comunicación. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Talca, 29 de julio de 2024.