Lakpa SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de julio de 2024
- Repertorio
- 22279-2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.852.078.340 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de los servicios a que se refiere el artículo segundo de la Ley número veintiún mil quinientos veintiuno, o aquella que la modifique o reemplace, en los términos y condiciones establecidos en la referida Ley y que la Comisión para el Mercado Financiero así haya autorizado a la Sociedad para prestarlos, de conformidad a la legislación y normativa aplicable, pudiendo además realizar aquellas actividades adicionales que le autorice la Comisión para el Mercado Financiero mediante norma de carácter general;
Administración
La Sociedad será administrada por un directorio compuesto de cuatro miembros titulares y sus respectivos suplentes elegidos por la junta de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Titular 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifico que por escritura pública de fecha 24 de julio de 2024, repertorio N° 22.279-2024, ante mí, FELIPE DIVIN LARRAÍN , redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de LAKPA SpA, Rol único Tributario N°76.697.236-5, inscrita a fojas 22.666 N° 11.496 del Registro de Comercio del año 2019, celebrada con fecha 23 de julio de 2024, en la cual participaron en su calidad de accionistas INVERSIONES NEPAL SpA, debidamente representada por Matías Correa Concha y LARRAÍN VIAL SpA, debidamente representada por Juan Luis Correa Gandarillas, según registro de accionistas tenido a la vista, en la cual se acordaron las siguientes modificaciones: i) Modificaron el artículo Tercero de los estatutos en relación al objeto de la Sociedad reemplazándolo por el siguiente. “ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de los servicios a que se refiere el artículo segundo de la Ley número veintiún mil quinientos veintiuno, o aquella que la modifique o reemplace, en los términos y condiciones establecidos en la referida Ley y que la Comisión para el Mercado Financiero así haya autorizado a la Sociedad para prestarlos, de conformidad a la legislación y normativa aplicable, pudiendo además realizar aquellas actividades adicionales que le autorice la Comisión para el Mercado Financiero mediante norma de carácter general” ii) Acordaron repactar y refundir los Estatutos de la Sociedad según se extracta a continuación: Nombre: El nombre de la sociedad es “LAKPA SpA; Objeto: La Sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de los servicios a que se refiere el artículo segundo de la Ley número veintiún mil quinientos veintiuno, o aquella que la modifique o reemplace, en los términos y condiciones establecidos en la referida Ley y que la Comisión para el Mercado Financiero así haya autorizado a la Sociedad para prestarlos, de conformidad a la legislación y normativa aplicable, pudiendo además realizar aquellas actividades adicionales que le autorice la Comisión para el Mercado Financiero mediante norma de carácter general; Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $2.852.078.340.- pesos, dividido en 265.800 acciones, ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley, el que entera y paga de conformidad a lo señalado en el artículo primero de estos estatutos. El capital social deberá quedar totalmente suscrito y pagado en el plazo de cinco años contados desde la fecha de constitución de la Sociedad, según corresponda. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado; Administración: La Sociedad será administrada por un directorio compuesto de cuatro miembros titulares y sus respectivos suplentes elegidos por la junta de accionistas. Demás modificaciones constan en la escritura extractada. En todo lo no modificado se mantiene vigente el pacto social. Santiago, 26 de julio de 2024.