MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria Don Miguel SpA

RUT 76350084-5 CVE 2526394
Capital
$1.290.770.250 CLP
Fecha instrumento
29 de noviembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de noviembre de 2023
Repertorio
4961
Notario
HUMBERTO QUEZADA MORENO
Domicilio
Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.290.770.250 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de INMOBILIARIA DON MIGUEL SPA socio 76350084-5

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Santiago, Titular 26ª Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3.196, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica que por escritura pública de fecha 19 de Julio del 2024, repertorio Nº 4961, ante mí se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de INMOBILIARIA DON MIGUEL SPA, RUT N°76.350.084-5, celebrada ante mí, con fecha 17 de Julio del 2024, a la que asistió la totalidad de las acciones emitidas, acordándose lo siguiente: Rectificación y saneamiento de acta de Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el día 29 de Noviembre del año 2023 reducida a escritura pública ante mi con fecha 11 de Diciembre del 2023, repertorio N°10.355/2023, e inscrita a fojas 107785 número 46051 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2023, ya que existen los siguientes errores involuntarios: en el punto de tabla numero 3. “Modificación de Estatutos: Aumento de Capital”:a) Donde dice: “…es necesario realizar un aumento de capital en la suma de $1.290.770.250, mediante la emisión de 8.250 nuevas acciones de pago…”, debe decir: “…es necesario realizar un aumento de capital en la suma de $1.290.770.250, mediante la emisión de 8.251 nuevas acciones de pago…”; Además, b) En el acuerdo letra c) donde dice: “…a la cantidad de $3.264.305.048, dividido en 20.864 acciones nominativas…” debe decir: “…a la cantidad de $3.264.305.048, dividido en 20.865 acciones nominativas…”; Finalmente, c) En el acuerdo letra k) donde dice: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es la cantidad de dos mil seiscientos cinco millones ciento noventa mil seiscientos setenta y cuatro pesos, dividido en dieciséis mil seiscientos cincuenta y una acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; el que se suscribe y paga del modo siguiente…”, debe decir: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es la cantidad de tres mil doscientos sesenta y cuatro millones trescientos cinco mil cuarenta y ocho pesos, dividido en veinte mil ochocientos sesenta y cinco acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; el que se suscribe y paga del modo siguiente…” Demás materias y acuerdos tratados no son objeto de extracto, en los términos indicados en la escritura extractada. Sociedad originalmente inscrita a fojas 94666 número 61688 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2013. Demás cláusulas constan de escritura extractada. Santiago, 24 de Julio del 2024. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.