MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORT EXPORT STARPHONE INTERNACIONAL LIMITADA

RUT 76691103-K CVE 2526284
Capital
$26.966 CLP
Fecha instrumento
21 de septiembre de 2016
Notaría
Iquique

Instrumento

Fecha
21 de septiembre de 2016
Notario
RODRIGO ALEJANDRO GONZÁLEZ BARRIGA
Oficio
Primera Notaria de Iquique
Comuna
Iquique

Sociedad

Capital
$26.966 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO ALEJANDRO GONZÁLEZ BARRIGA, abogado, Notario Público de la Primera Notaria de Iquique, Aníbal Pinto 555, certifica que, por escritura pública de hoy, ante mí: Don CARLOS LUCIANO PALENCIA BERMUDEZ, en representación de Don LIHUA ZHANG; Don GEHUAN LAN; y Don HUANZHEN CHEN, todos con domicilio para estos efectos en Pasaje Los Suspiros número mil seiscientos veintiuno, Iquique; modifican sociedad “IMPORT EXPORT STARPHONE INTERNACIONAL LIMITADA” o “STARPHONE INTL.LTDA.” constituida escritura pública fecha 21 Septiembre 2016, ante Notario Público Iquique, doña MONICA VENEGAS DE LA FUENTE, suplente de la Titular doña MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, cuyo extracto se inscribió a fojas 1585, No. 1167, Registro Comercio Iquique año 2016, y debidamente publicada en el Diario Oficial. Capital social de $26.966 USD. Sentido que, Los socios: Don HUANZHEN CHEN, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos y acciones en la sociedad que equivalen al 10% del haber total social a Don GEHUAN LAN, quien, compra, acepta y adquiere para sí el 10%, de los derechos y acciones en la sociedad.- Modificación social expresada, sociedad “IMPORT EXPORT STARPHONE INTERNACIONAL LIMITADA” o “STARPHONE INTL.LTDA.” queda constituida por sus 2 únicos socios: Don LIHUA ZHANG, dueño del 90% derechos y acciones en la sociedad, Don GEHUAN LAN, dueño del 10% derechos y acciones en la sociedad. Los actuales socios acuerdan modificar cláusula cuarta del pacto social, sentido que la administración sociedad y uso razón social corresponderá a los socios, Don LIHUA ZHANG, y Don GEHUAN LAN, quienes actuando en forma conjunta, separada e indistintamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas la representarán y obligarán, con amplias facultades. En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentes estipulaciones pacto social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, a 11 Julio 2024.