Diagnósticos Médicos por Imágenes S.A.
Instrumento
- Fecha
- 5 de julio de 2024
- Repertorio
- 39251-2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $160.000.000 CLP
Personas y entidades (5)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Diagnósticos Médicos por Imágenes S.A | socio | 77026140-6 | — | — | |
| Diagnoneuro SpA | socio | 76509936-6 | — | — | |
| Centro de Diagnósticos Cardiovascular S.A | socio | 99514280-5 | — | — | |
| Synlab Chile SpA | socio | 77634766-3 | — | — | |
| S.A.U | socio | 59316940-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular de la 2° Notaría de Santiago, con domicilio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: Que con fecha 28 de junio de 2024, ante el Notario Suplente de esta Notaría don Benjamín Castillo Montalvo, bajo el repertorio N°39.251-2024, se redujeron conjuntamente a escritura pública las actas de las juntas extraordinarias de accionistas, celebradas en esa misma fecha, de: i) Diagnósticos Médicos por Imágenes S.A., RUT N°77.026.140-6, sociedad inscrita a fojas 728,número 503, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, correspondiente al año 1997 (la “Sociedad Absorbente”); ii) Diagnoneuro SpA, RUT N°76.509.936-6, sociedad inscrita a fojas 2550, número 1447, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, correspondiente al año 2015 (“Diagnoneuro”); y iii) Centro de Diagnósticos Cardiovascular S.A., RUT N°99.514.280-5, sociedad inscrita a fojas 111, número 81, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, correspondiente al año 2003 (“Diagnocor” y, conjuntamente con Diagnoneuro, las “Sociedades Absorbidas”). En dichas juntas, Synlab Chile SpA, RUT N°77.634.766-3 y Synlab Diagnósticos Globales, S.A.U., RUT N°59.316.940-5, en su calidad de únicos accionistas de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas (los “Accionistas”), aprobaron, entre otras materias, lo siguiente: i) la fusión por incorporación de las Sociedades Absorbidas en la Sociedad Absorbente, en consecuencia de la cual la Sociedad Absorbente, como entidad continuadora, adquirirá todos los activos y pasivos de las Sociedades Absorbidas, sucediéndolas en todos sus derechos y obligaciones, incluidas las tributarias, a contar del día 1 de julio de 2024 (la “Fusión”); ii) la disolución de pleno derecho, a consecuencia de la Fusión, de las Sociedades Absorbidas, sin necesidad de liquidación, y la incorporación en la Sociedad Absorbente de la totalidad de sus accionistas y patrimonio, de acuerdo a la relación de canje aprobada en la escritura extractada; iii) aumentar el capital de la Sociedad Absorbente desde la cantidad de $160.000.000, dividido en 26.504 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la cantidad de $209.200.000, dividido en 34.654 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. En virtud del referido aumento por la suma de $49.200.000, la Sociedad Absorbente emitirá 8.150 nuevas acciones, las cuales serán pagadas mediante su canje con las acciones de las Sociedades Absorbidas en virtud de la relación de canje aprobada por los Accionistas. Como consecuencia del aumento de capital antes señalado, se acordó modificar los artículos Sexto y Segundo Transitorio de los estatutos de la Sociedad Absorbente, reemplazándolos íntegramente por los siguientes: “Artículo Sexto. Capital. El capital de la Sociedad es la suma de doscientos nueve millones doscientos mil pesos, dividido en treinta y cuatro mil seiscientas cincuenta y cuatro acciones nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Segundo Transitorio de los estatutos. Si dicho capital o sus posteriores aumentos no se pagaren oportunamente al vencimiento de los respectivos plazos, el capital quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado tendrán, sin perjuicio de ello, todos los derechos que los estatutos o la ley les asignen durante todo el tiempo que transcurra desde su emisión hasta el vencimiento del plazo establecido para su pago”; y “Artículo Segundo Transitorio. Suscripción y pago del Capital. El capital de la Sociedad es la suma de doscientos nueve millones doscientos mil pesos, dividido en treinta y cuatro mil seiscientas cincuenta y cuatro acciones nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, las cuales han sido íntegramente suscritas y pagadas de la siguiente manera: i) veintiséis mil quinientas cuatro acciones, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad al veintiocho de junio de dos mil veinticuatro; y ii) ocho mil ciento cincuenta acciones, las cuales se emitirán con cargo al aumento de capital acordado en junta extraordinaria de accionistas de la Sociedad de fecha veintiocho de junio de dos mil veinticuatro, que acordó y aprobó la fusión por incorporación de Diagnoneuro SpA y Centro de Diagnósticos Cardiovascular S.A. en la Sociedad. La fusión antes indicada surtirá sus efectos a partir del primero de julio de dos mil veinticuatro. Las acciones del aumento de capital de la fusión quedarán íntegramente suscritas y pagadas con cargo a la incorporación de los patrimonios que correspondan a Diagnoneuro SpA y Centro de Diagnósticos Cardiovascular S.A. Estas acciones se emitirán y entregarán a los accionistas de Diagnoneuro SpA y Centro de Diagnósticos Cardiovascular S.A. de conformidad con la relación de canje aprobada en la junta extraordinaria de accionistas de la Sociedad antes referida”. Demás estipulaciones y acuerdos constan de la escritura extractada. Los antecedentes que sirvieron de base para la aprobación de la Fusión fueron protocolizados conjuntamente con la escritura extractada. FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular. Santiago, 5 de julio de 2024.