VIDRIERÍA LAGOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de julio de 2024
- Repertorio
- 8083-24
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEliana Andrea Martínez Cárdenas, Abogado, Notario Suplente de la titular doña Esmirna Vidal Moraga, con oficio en la comuna de Temuco, calle Antonio Varas N° 979, CERTIFICO: Que Por escritura pública otorgada con fecha 22 de Julio de 2024, Repertorio N°8083-24, ante mí, don SEBASTIÁN IGNACIO LAGOS GUTIÉRREZ, arquitecto; don MATÍAS ESTEBAN LAGOS GUTIÉRREZ, empresario, quien actúa por sí y en representación de NICOLÁS ANDRÉS LAGOS GUTIÉRREZ, empresario; y JAVIERA CONSTANZA LAGOS GUTIÉRREZ, ingeniero comercial, quien actúa representada por JORGE ANTONIO LAGOS ALTAMIRANO, ingeniero comercial; todos domiciliados en calle Antonio Varas N°526 de Temuco, y en sus calidades de socios, vienen en modificar la Sociedad “VIDRIERÍA LAGOS LIMITADA”, R.U.T. N°76.004.471-7, inscrita a fojas 28699, N°8027, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año 2007, en los siguientes términos: SEBASTIÁN IGNACIO LAGOS GUTIÉRREZ vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la Sociedad a MATÍAS ESTEBAN LAGOS GUTIÉRREZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí, ingresado a la Sociedad como nuevo socio. Por otro lado, los socios reemplazan en su totalidad el estatuto quinto por el nuevo tenor: “QUINTO: El capital social es la suma de DOCE MILLONES DE PESOS, obligándose cada uno de los socios a aportar la suma de CUATRO MILLONES DE PESOS, los cuales serán ingresados dentro del periodo de cinco años, en dinero efectivo a la caja social, o pudiendo cumplir con dicho pago mediante entrega de bienes muebles, capitalización de revalorizaciones de capital propio y utilidades retenidas, en la medida que la caja social así lo requiera. A cada socio le corresponderá una participación social correspondiente a un tercio del total de la Sociedad Vidriería Lagos Limitada.” Continúan plenamente vigentes las demás estipulaciones de los estatutos sociales, en todo lo no modificado por el presente instrumento. Demás estipulaciones en escritura pública extractada. Temuco, 24 de julio de 2024.