SOCIEDAD CONSTRUCTORA SAN FRANCISCO DE EL MONTE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de mayo de 2024
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Sociedad
- Capital
- $50.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| GRUPO SMART HOLDING SpA | socio | 77887097-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno certifico que: Por escritura pública de fecha 29 de mayo de 2024, ante mí, a) MIGUEL LUIS MOREIRA BUZETA, cédula de identidad N° 3.186.180-2, domiciliado Av El Golf Nº 99 of 603, Las Condes, Región Metropolitana. b) LUCÍA DEL PILAR MOREIRA BOSSELIN, cédula de identidad N° 7.054.996-4, domiciliada Av El Golf Nº 99 of 603, Las Condes, Región Metropolitana c) MARÍA JOSÉ DEVLAHOVICH MOREIRA, cédula de identidad N° 16.589.876-1, domiciliada Av El Golf Nº 99 of 603, Las Condes, Región Metropolitana y d) JOSÉ TOMÁS DEVLAHOVICH MOREIRA, cédula de identidad Nº 17.402.706-4, en representación de GRUPO SMART HOLDING SpA, RUT N° 77.887.097-5; domiciliados para estos efectos en calle Alonso de Monroy Nº 2677, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; modificaron sociedad de responsabilidad limitada, SOCIEDAD CONSTRUCTORA SAN FRANCISCO DE EL MONTE LIMITADA, sociedad inscrita fojas 83 número 88 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talagante correspondiente al año 1995, en el siguiente sentido: (i) Se retira de la Sociedad Miguel Luis Moreira Buzeta quien vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos sociales de los que es titular en SOCIEDAD CONSTRUCTORA SAN FRANCISCO DE EL MONTE LIMITADA, equivalentes al 81,25% de los derechos sociales, a Lucía Del Pilar Moreira Bosselin, quien acepta y adquiere para sí, en este acto el referido 81,25 por ciento de los derechos sociales de la Sociedad. (ii) Lucía Del Pilar Moreira Bosselin, vende, cede y transfiere el 2% de los derechos sociales de los que es titular en la Sociedad, respectivamente a: a) doña María José Devlahovich Moreira, quien acepta y adquiere para sí, en este acto el 1% de los derechos sociales de la Sociedad y, b) Grupo Smart Holding SpA, quien por medio de su represéntate, acepta y adquiere para sí en este acto el 1% de los derechos sociales de la Sociedad. (iii) Como consecuencia de la cesión de derechos antes referida, quedan como únicos y actuales socios de SOCIEDAD CONSTRUCTORA SAN FRANCISCO DE EL MONTE LIMITADA, los siguientes: a) Doña Lucía Del Pilar Moreira Bosselin con la suma de $4.900.000, equivalentes al 98% del capital social; b) María José Devlahovich Moreira, con la suma de $50.000, equivalentes al 1% de los derechos sociales; y c) Grupo Smart Holding SpA, con la suma de $50.000, equivalentes al 1% de los derechos sociales. (iv) Los socios acuerdan modificar el Artículo Quinto de los estatutos sociales reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital social es la suma única y total de cinco millones de pesos, íntegramente aportado y distribuido entre sus socios de la forma que sigue: a) Doña Lucía Del Pilar Moreira Bosselin con la suma de cuatro millones novecientos mil pesos, equivalentes al noventa y ocho por ciento del capital social; b) María José Devlahovich Moreira, con la suma de cincuenta mil pesos, equivalentes al uno por ciento del capital social ; y c) Grupo Smart Holding SpA, con la suma de cincuenta mil pesos, equivalentes al uno por ciento del capital social”. (v) Asimismo, los únicos y actuales socios de la Sociedad acordaron modificar la administración de SOCIEDAD CONSTRUCTORA SAN FRANCISCO DE EL MONTE LIMITADA, para lo cual modificaron el artículo cuarto de los estatutos sociales, otorgando la administración, representación de la Sociedad y el uso de la razón social a doña Lucía Del Pilar Moreira Bosselin, en la forma y con las facultades estipuladas en la escritura extractada. En todo lo no modificado rige pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de junio de 2024.