MEDICINA INTENSIVA Y ASESORIA LEGAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de julio de 2024
- Notario
- MARCOS ANDRÉS DÍAZ LEÓN
- Oficio
- Octava Notaría de Viña del Mar con asiento en Reñaca
- Comuna
- Viña del Mar con asiento en Reñaca
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Concón. Responsabilidad de socios queda limitada al monto de respectivos
- Duración
- 4 años contados esta fecha que se prorroga en forma automática y sucesiva por períodos iguales de 2 años cada uno
Objeto social
Será: la prestación por cuenta propia, ajena o asociado con terceros de las siguientes actividades: a) La prestación de servicios, consultoría y asesorías profesionales integrales en todas las áreas de la salud y medicina en general, en sus diversas especialidades, muy especialmente en el área de la medicina de cuidados intensivos, urgencias médicas, y en todo tipo de acciones de prevención, tratamientos y rehabilitación, en todo tipo de exámenes con apoyo tecnológico en sus más diversas especies, como ecotomografías, rayos x, etc..; en acciones de cualquier especie, ya sea en consultas, centro médicos y clínicos. Asimismo, la sociedad podrá cumplir los objetivos señalados, en forma particular, a través de centros de servicios de urgencias o emergencias, contando para ello, con los medios propios necesarios para comunicación y traslados rápidos y expeditos de pacientes, y en general, desarrollar todo tipo de prestaciones de salud que emanen de las anteriormente expuestas pudiendo pactar con todo tipo de instituciones públicas y)o privadas y muy especialmente con el Fondo Nacional de Salud (Fonasa) e Isapres. Asimismo, podrá efectuar todo tipo de prestaciones quirúrgicas ambulatorias, por intermedio de sus socios o asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación de estos servicios, pudiendo otorgar atenciones profesionales médicas de urgencia, en domicilio propio o de terceros, pudiendo contar al efecto con medios de traslado y comunicación. Para el ejercicio de tales prestaciones, la sociedad podrá celebrar todo tipo de actos jurídicos con el fondo nacional de salud, instituciones de salud previsional, aseguradoras, municipalidades, servicios de salud, redes o sociedades de prestadores, la dirección de compras y contrataciones públicas, clínicas y hospitales públicos y privados, y en general, con toda persona natural o jurídica; b) La prestación de servicios y asesorías legales en sus más diversas formas o especies, especialmente en el área de la salud y en materias de derecho de familia, sea por intermedio de sus socios o asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación de estos servicios.- c) Participar en todo tipo de proyectos o licitaciones, públicas o privadas; y adjudicarse unas y otras; celebrar contratos, convenios o actos jurídicos de todo tipo con la dirección de compras y contrataciones públicas o con cualquier entidad o persona natural o jurídica
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCOS ANDRÉS DÍAZ LEÓN, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Viña del Mar con asiento en Reñaca, con oficio en Avenida Borgoño N° 14.439, local 105, certifica, por escritura pública de hoy ante mí, ROMYNA VICTORIA BAGHETTI HERNANDEZ, 9 Norte 450, departamento 308, Viña del Mar; y NATALIA PAZ BAGHETTI HERNANDEZ, Almirante Latorre 59, Departamento 419, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. OBJETO: Será: la prestación por cuenta propia, ajena o asociado con terceros de las siguientes actividades: a) La prestación de servicios, consultoría y asesorías profesionales integrales en todas las áreas de la salud y medicina en general, en sus diversas especialidades, muy especialmente en el área de la medicina de cuidados intensivos, urgencias médicas, y en todo tipo de acciones de prevención, tratamientos y rehabilitación, en todo tipo de exámenes con apoyo tecnológico en sus más diversas especies, como ecotomografías, rayos x, etc..; en acciones de cualquier especie, ya sea en consultas, centro médicos y clínicos. Asimismo, la sociedad podrá cumplir los objetivos señalados, en forma particular, a través de centros de servicios de urgencias o emergencias, contando para ello, con los medios propios necesarios para comunicación y traslados rápidos y expeditos de pacientes, y en general, desarrollar todo tipo de prestaciones de salud que emanen de las anteriormente expuestas pudiendo pactar con todo tipo de instituciones públicas y/o privadas y muy especialmente con el Fondo Nacional de Salud (Fonasa) e Isapres. Asimismo, podrá efectuar todo tipo de prestaciones quirúrgicas ambulatorias, por intermedio de sus socios o asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación de estos servicios, pudiendo otorgar atenciones profesionales médicas de urgencia, en domicilio propio o de terceros, pudiendo contar al efecto con medios de traslado y comunicación. Para el ejercicio de tales prestaciones, la sociedad podrá celebrar todo tipo de actos jurídicos con el fondo nacional de salud, instituciones de salud previsional, aseguradoras, municipalidades, servicios de salud, redes o sociedades de prestadores, la dirección de compras y contrataciones públicas, clínicas y hospitales públicos y privados, y en general, con toda persona natural o jurídica; b) La prestación de servicios y asesorías legales en sus más diversas formas o especies, especialmente en el área de la salud y en materias de derecho de familia, sea por intermedio de sus socios o asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación de estos servicios.- c) Participar en todo tipo de proyectos o licitaciones, públicas o privadas; y adjudicarse unas y otras; celebrar contratos, convenios o actos jurídicos de todo tipo con la dirección de compras y contrataciones públicas o con cualquier entidad o persona natural o jurídica.- RAZÓN SOCIAL:“ MEDICINA INTENSIVA Y ASESORIA LEGAL LIMITADA”, nombre fantasía: “LEGAL MEDICAL LIMITADA”.ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: exclusivamente Romyna Victoria Baghetti Hernández. CAPITAL: $2.000.000, socios aportan, enteran y pagan, siguiente manera: A) Romyna Victoria Baghetti Hernández, aporta $1.100.000, que entera y paga en este acto, al contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; y, B) Natalia Paz Baghetti Hernández, aporta $900.000, que entera y paga en este acto, al contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social. DURACIÓN: 4 años contados esta fecha que se prorroga en forma automática y sucesiva por períodos iguales de 2 años cada uno. DOMICILIO: Concón. Responsabilidad de socios queda limitada al monto de respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 15 de Julio de 2024.