Sociedad de Profesionales Parada Miranda Abogados Limitada
Instrumento
- Fecha
- 13 de julio de 2024
- Repertorio
- 4855-2024
- Notario
- LUIS EDUARDO RODRÍGUEZ
- Oficio
- 1ª Notaría de Providencia
- Comuna
- Providencia
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Duración
- 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus
Objeto social
Servicios de Asesoramiento y Representación Jurídica. Administración, representación y uso razón social corresponderá a doña MARÍA GEORGINA PARADA BARRAZA y a don RODRIGO NICOLÁS MIRANDA PARADA conjunta, separada e indistintamente con las facultades que se indican en escritura. El capital social es la cantidad de $3.000.000, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) doña María Georgina Parada Barraza, la cantidad de $1.500.000 que corresponde al 50 por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto; y, b) don Rodrigo Nicolás Miranda Parada, la cantidad de $1.500.000 que corresponde al 50 por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRÍGUEZ, Notario Público Titular de la 1ª Notaría de Providencia, Avenida Providencia N° 1.777, comuna de Providencia, certifico que: Por escritura pública, de fecha 13 de julio de 2024 repertorio N° 4855-2024, otorgada ante mi suplente doña Constanza Ivette González Bravo: Doña MARÍA GEORGINA PARADA BARRAZA y don RODRIGO NICOLÁS MIRANDA PARADA, ambos domiciliados en Darío Urzúa N° 1910, depto. 1.204, comuna de Providencia, vienen en constituir sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: «Sociedad de Profesionales Parada Miranda Abogados Limitada», pudiendo usar nombre de fantasía «Parada Miranda Abogados Ltda.», que la obligará de la misma manera que la razón social. Objeto: Servicios de Asesoramiento y Representación Jurídica. Administración, representación y uso razón social corresponderá a doña MARÍA GEORGINA PARADA BARRAZA y a don RODRIGO NICOLÁS MIRANDA PARADA conjunta, separada e indistintamente con las facultades que se indican en escritura. El capital social es la cantidad de $3.000.000, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) doña María Georgina Parada Barraza, la cantidad de $1.500.000 que corresponde al 50 por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto; y, b) don Rodrigo Nicolás Miranda Parada, la cantidad de $1.500.000 que corresponde al 50 por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social. Duración: 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Santiago, a 22 de julio de 2024.