PARAGON PRIVATE ADVISORS SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de julio de 2024
- Repertorio
- 44121-2024
Objeto social
Lo anterior es sin perjuicio de poder realizar, además, cualquier otra actividad complementaria que autorice la Comisión para el Mercado Financiero.”. En todo lo no modificado permanecen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad PARAGON PRIVATE ADVISORS SpA | socio | 76852879-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBENJAMÍN ANDRÉS CASTILLO MONTALVO, Notario Suplente del Titular de la 2° Notaría de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que: Con fecha 23 de Julio de 2024, Repertorio N°44.121-2024, se redujo ante mí a escritura pública, el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad PARAGON PRIVATE ADVISORS SpA, RUT N°76.852.879-9 (en adelante la “Sociedad”), celebrada con fecha 10 de julio de 2024, en la que se acordó modificar los estatutos de la Sociedad, en el sentido de limitar el objeto a la prestación de servicios de asesoría de inversión y actividades complementarias que autorice la Comisión para el Mercado Financiero. Para estos efectos, se acordó modificar el Artículo Segundo de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “La Sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales de asesoría y consultoría en materia de inversiones, entregando servicios de evaluaciones o recomendaciones respecto de la conveniencia de realizar determinadas inversiones u operaciones en valores de oferta pública, instrumentos financieros o proyectos de inversión; asimismo, la realización de toda otra actividad conexa o conducente a los objetivos mencionados, en la medida que tengan el carácter de asesorías o servicios profesionales que diga relación con el objeto social. Lo anterior es sin perjuicio de poder realizar, además, cualquier otra actividad complementaria que autorice la Comisión para el Mercado Financiero.”. En todo lo no modificado permanecen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 23 de Julio de 2024.