CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSULTA PSICOLOGICA ISIDORA GRANESE LIMITADA

CVE 2524310
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
17 de julio de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de julio de 2024
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago
Duración
5 años a contar fecha escritura que extracto, prorrogable tácita y automáticamente por iguales períodos de 3 años cada uno, forma establecida en mismo instrumento. Fallecimiento

Objeto social

la prestación de servicios profesionales en el área de la salud y, en particular, en las especialidades de la psicología, tanto en consultas, centros médicos y todas las demás prestaciones que los socios acuerden en relación con la actividad profesional de la salud. Administración, representación y uso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Humberto Quezada Moreno, Titular de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, Avenida Apoquindo N° 3.196, Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 17 de Julio de 2024, ante mí, Isidora Rosa Granese Martínez, Avenida Espoz N° 4.707, departamento 1501, Vitacura, Santiago; y Catalina Andrea Arestizábal Contesse, Buenos Aires N° 1971, departamento 1102, Puerto Montt, constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Razón social: “CONSULTA PSICOLOGICA ISIDORA GRANESE LIMITADA”. Domicilio: ciudad de Santiago. Objeto: la prestación de servicios profesionales en el área de la salud y, en particular, en las especialidades de la psicología, tanto en consultas, centros médicos y todas las demás prestaciones que los socios acuerden en relación con la actividad profesional de la salud. Administración, representación y uso razón social: corresponderá individualmente a la socia Isidora Rosa Granese Martínez. Capital: $1.000.000 aportado por socias en este acto, al contado y en dinero efectivo, forma siguiente: a) Isidora Rosa Granese Martínez $990.000; y, b) Catalina Andrea Arestizábal Contesse $10.000. Socios limitan su responsabilidad monto respectivos aportes. Duración: 5 años a contar fecha escritura que extracto, prorrogable tácita y automáticamente por iguales períodos de 3 años cada uno, forma establecida en mismo instrumento. Fallecimiento socios: no pondrá término sociedad, la que continuará con los herederos del fallecido, quienes deberán designar un mandatario común. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 19 de Julio de 2024. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.