CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesorías Huaquén Limitada

CVE 2524344
Capital
$300.000 CLP
Fecha instrumento
12 de julio de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
12 de julio de 2024
Repertorio
32271-2024
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
Trigésimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$300.000 CLP
Duración
50 años contados desde esta fecha, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales, salvo que alguno de los socios, comuniquen a los demás socios su decisión de ponerle término a la Sociedad mediante declaración formulada mediante escritura pública y anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del plazo o de cualquiera de sus prórrogas

Objeto social

El objeto de la sociedad será:(i) la prestación de los servicios profesionales propios del ejercicio libre de la profesión de abogado, incluidas las asesorías de orden jurídico, regulatorio, financiero, tributario, de inversiones nacionales y trasnacionales y de cualquier otro orden, por medio de sus socios y demás abogados que trabajen para ella, en los términos que establezca la legislación aplicable; (ii) el desarrollo de actividades de investigación en el ámbito del derecho, la formación y la divulgación de contenidos jurídicos o relacionados con el ejercicio de la abogacía; y, (iii) en general, la asesoría, representación y patrocinio de terceros en forma esporádica o permanente en cualquier área de la actividad profesional de la abogacía

Administración

corresponderá a don Diego Yavar Celedón, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, con las facultades indicadas en escritura extractada. En caso de ausencia o imposibilidad para actuar don Diego Yavar Celedón, situación que no será necesario acreditar ante terceros, doña Megan Yvonne Quenet-Meintjes, podrá actuar individual y separadamente, en nombre y representación de la sociedad, con todas las facultades indicadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogado, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores 178, piso 5, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 12 de julio de 2024, repertorio 32.271-2024, ante mi suplente Veronica Isabel Gonzalez Davila, Diego Yavar Celedón y Megan Yvonne Quenet-Meintjes, ambos domiciliados para estos efectos en calle Los Acantos N°1488, departamento 132, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón social: “Asesorías Huaquén Limitada”, pudiendo actuar en la vida jurídica y para efectos bancarios y tributarios la expresión “Asesorías Huaquén”. Administración, representación y uso de la razón social: corresponderá a don Diego Yavar Celedón, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, con las facultades indicadas en escritura extractada. En caso de ausencia o imposibilidad para actuar don Diego Yavar Celedón, situación que no será necesario acreditar ante terceros, doña Megan Yvonne Quenet-Meintjes, podrá actuar individual y separadamente, en nombre y representación de la sociedad, con todas las facultades indicadas en escritura extractada. Capital social: $300.000 pesos, que los socios han aportado y pagado, en la siguiente manera señalada en la escritura extractada: Diego Yavar Celedón, aportó la cantidad de $297.000 pesos, equivalente al 99% del capital social de la sociedad y Megan Yvonne Quenet-Meintjes, aportó la cantidad de $3.000 pesos, equivalente al 1% del capital social de la sociedad. Objeto: El objeto de la sociedad será:(i) la prestación de los servicios profesionales propios del ejercicio libre de la profesión de abogado, incluidas las asesorías de orden jurídico, regulatorio, financiero, tributario, de inversiones nacionales y trasnacionales y de cualquier otro orden, por medio de sus socios y demás abogados que trabajen para ella, en los términos que establezca la legislación aplicable; (ii) el desarrollo de actividades de investigación en el ámbito del derecho, la formación y la divulgación de contenidos jurídicos o relacionados con el ejercicio de la abogacía; y, (iii) en general, la asesoría, representación y patrocinio de terceros en forma esporádica o permanente en cualquier área de la actividad profesional de la abogacía. Duración: 50 años contados desde esta fecha, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales, salvo que alguno de los socios, comuniquen a los demás socios su decisión de ponerle término a la Sociedad mediante declaración formulada mediante escritura pública y anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del plazo o de cualquiera de sus prórrogas. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Se facultó al portador de extracto para legalización. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de julio de 2024.