ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN GRITTER LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de julio de 2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 20.190
Objeto social
El objeto de la sociedad será: Uno) La remodelación, demoliciones, montajes e instalaciones, construcción, urbanización de toda clase de bienes raíces rústicos y urbanos, y otras obras civiles, sea por cuenta propia o ajena, su explotación y administración directamente o por terceros. Dos) Inversión en bienes raíces y bienes muebles, corporales e incorporales. Tres) El desarrollo de estudios de factibilidad, asesorías y ejecución de, programas y proyectos en materia habitacional, tecnológicos, de arquitectura, diseño y construcción, su administración e inspección. Cuatro) La participación en propuestas en los diversos registros de los Ministerios del país, ya sea en viviendas para el uso habitación o comercial, en construcciones particulares, públicas o municipales. Cinco) Cualquier otra actividad vinculada a la construcción, gestión y comercialización de viviendas, el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios, la administración de los mismos y la percepción de sus frutos, y, Seis) En general, la sociedad podrá realizar todas las demás actividades que de común acuerdo determinen los socios sin limitación de ninguna naturaleza, y que sean conducentes al mejor aprovechamiento de la organización social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOCTAVIO FRANCISCO GUTIÉRREZ LÓPEZ, Notario Titular 30ª Notaría de Santiago, oficios Avda. Lib. Bdo. O’Higgins 980, Of. 134-135, CERTIFICA: Por escritura pública, ante mí, 22 de julio 2024, Juan Carlos García Ritter, Cónsul Poinset 4698, Quinta Normal, Santiago; y Juan Clodomiro García Aguilar, Suecia 1650, dp112, Providencia, Santiago, modifican sociedad “ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN GRITTER LIMITADA”, constituida 2/11/1999, ante notario Santiago Gastón Iván Santibáñez Soto, inscrita a fojas 27354, N° 21729 Registro Comercio C.B.R. Santiago, 1999, modificada 31/03/2010, ante notario Santiago, Pablo Alberto González Caamaño, inscrita a fojas 25.578, N° 17512 Registro Comercio C.B.R. Santiago,2010. Este acto Juan Clodomiro García Aguilar, dueño 20% derechos sociales vende, cede y transfiere todos sus derechos de la sociedad a Juan Carlos García Ritter. En $1.000.000, este acto efectivo. Único socio, a Juan Carlos García Ritter, domicilio Juan Carlos García Ritter, Cónsul Poinset 4698, Quinta Normal, Santiago, cédula nacional de identidad número 7.932.754-9, transforma sociedad comercial denominada ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN GRITTER LIMITADA, RUT. N° 77.356.490-6, en Sociedad por Acciones, conforme Ley 20.190 y supletoriamente por ley 18.046 y su reglamento, que se regirá por los siguientes estatutos: NOMBRE: ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN GRITTER SpA”, nombre de fantasía “GRITTER SpA”. CAPITAL: $2.000.000.- dividido en 100 acciones nominativas, una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, que se encuentran suscritas y pagadas. OBJETO: El objeto de la sociedad será: Uno) La remodelación, demoliciones, montajes e instalaciones, construcción, urbanización de toda clase de bienes raíces rústicos y urbanos, y otras obras civiles, sea por cuenta propia o ajena, su explotación y administración directamente o por terceros. Dos) Inversión en bienes raíces y bienes muebles, corporales e incorporales. Tres) El desarrollo de estudios de factibilidad, asesorías y ejecución de, programas y proyectos en materia habitacional, tecnológicos, de arquitectura, diseño y construcción, su administración e inspección. Cuatro) La participación en propuestas en los diversos registros de los Ministerios del país, ya sea en viviendas para el uso habitación o comercial, en construcciones particulares, públicas o municipales. Cinco) Cualquier otra actividad vinculada a la construcción, gestión y comercialización de viviendas, el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios, la administración de los mismos y la percepción de sus frutos, y, Seis) En general, la sociedad podrá realizar todas las demás actividades que de común acuerdo determinen los socios sin limitación de ninguna naturaleza, y que sean conducentes al mejor aprovechamiento de la organización social. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las oficinas, agencias o sucursales que pueda establecer en cualesquiera otras comunas, ciudades y lugares del país o del extranjero. PLAZO: El plazo de duración sociedad será indefinido. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, de 22 julio de 2024.