CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES SANTA ALICIA LIMITADA

RUT 17496933-7 CVE 2523262
Capital
$40.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de julio de 2024
Notaría
Linares
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
9 de julio de 2024
Notario
LUIS GUILLERMO ALVAREZ DONOSO
Oficio
Tercera Notaría de Linares
Comuna
Linares

Sociedad

Capital
$40.000.000 CLP
Domicilio
Linares
Duración
Indefinida

Objeto social

actividades de transporte complementarias y auxiliares; agencias de viaje; transporte, almacenamiento y comunicaciones; otros tipos de transporte por vía terrestre; transporte interurbano de pasajeros vía autobús. Administración y uso de

Personas y entidades (5)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SEBASTIÁN IGNACIO CALDERÓN GUERRERO socio 17496933-7
MANUEL ALEJANDRO LILLO GUERRERO socio 17040311-8
CAROLINA ANDREA LILLO GUERRERO socio 19807744-5
MARTA CECILIA GUERRERO GONZÁLEZ socio 10025778-5
MANUEL SEGUNDO LILLO FLORES socio 7809974-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS GUILLERMO ALVAREZ DONOSO, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Linares, domiciliado en calle Independencia número 566 Linares, certifica: Por escritura pública de fecha 9 de julio de 2024, ante mí, los señores SEBASTIÁN IGNACIO CALDERÓN GUERRERO, chileno, casado, ingeniero, RUN N°17.496.933-7; MANUEL ALEJANDRO LILLO GUERRERO, chileno, casado, ingeniero, RUN N°17.040.311-8; MARÍA BELÉN LILLO GUERRERO, chilena, soltera, educadora diferencial, RUN N°18.573.276-2; CAROLINA ANDREA LILLO GUERRERO, chilena, estudiante, soltera, RUN N°19.807.744-5; MARTA CECILIA GUERRERO GONZÁLEZ, chilena, casada, empresaria, RUN N°10.025.778-5 y; MANUEL SEGUNDO LILLO FLORES, chileno, casado, empresario, RUN N°7.809.974-7 todos domiciliados en Camino a Palmilla Lote 40 s, comuna de Linares, constituyen la sociedad de responsabilidad limitada conforme a las siguientes estipulaciones: Razón social: “TRANSPORTES SANTA ALICIA LIMITADA”, pudiendo actuar bajo el nombre de fantasía “TRANSPORTES SANTA ALICIA LTDA.”. Objeto: actividades de transporte complementarias y auxiliares; agencias de viaje; transporte, almacenamiento y comunicaciones; otros tipos de transporte por vía terrestre; transporte interurbano de pasajeros vía autobús. Administración y uso de razón social: Corresponderá a don MANUEL SEGUNDO LILLO FLORES, quien podrá actuar con todas y cada una de las facultades contenidas en la cláusula cuarta de la escritura de constitución, salvo las facultades en que debe actuar conjuntamente con doña MARTA CECILIA GUERRERO GONZÁLEZ y que en ella se indican. Podrán actuar tres cualesquiera de los socios, en la forma y con cada una de las facultades consignadas en la cláusula cuarta del pacto social, sin limitación alguna. Podrán actuar dos cualesquiera de los socios, en la forma indicada en la cláusula cuarta del contrato social, para hacer uso de las facultades que se señalan en dicha escritura. Capital: $40.000.000, que los socios aportan de la siguiente forma: SEBASTIÁN IGNACIO CALDERÓN GUERRERO aporta $7.600.000 equivalentes al 19% de los derechos del capital social, al contado y en efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; MANUEL ALEJANDRO LILLO GUERRERO aporta $7.600.000 equivalentes al 19% de los derechos del capital social, al contado y en efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; MARÍA BELÉN LILLO GUERRERO aporta $7.600.000 equivalentes al 19% de los derechos del capital social, al contado y en efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; CAROLINA ANDREA LILLO GUERRERO aporta $7.600.000 equivalentes al 19% de los derechos del capital social, al contado y en efectivo, que ingresa en este acto a la caja social, y; MARTA CECILIA GUERRERO GONZÁLEZ aporta $9.600.000 equivalentes al 24% de los derechos del capital social, al contado y en efectivo, que ingresa en este acto a la caja social. Las ganancias y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes. Duración: Indefinida. Domicilio: Linares, sin perjuicio de las sucursales que establezcan en el resto del país. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Linares, 9 de julio de 2024.