SERVICIOS PUBLICITARIOS CARAMELOS DIO LIMITADA
Instrumento
- Notario
- ALVARO ORELLANA JARA
- Oficio
- Titular don Wladimir Alejandro Schramm Lopez de la 49ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.980.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SERVICIOS PUBLICITARIOS CARAMELOS DIO LIMITADA | socio | 76727727-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO ORELLANA JARA, Notario Público Suplente del Titular don Wladimir Alejandro Schramm Lopez de la 49ª Notaría Santiago, con oficio en Amunategui 73, Certifica: Por escritura publica hoy ante mí, don DAVID ENRIQUE DIAZ LARA, C.I. N° 13.470.251-6, don ALFREDO EDUARDO DIAZ LARA, C.I. N° 13.450.329-7 y doña AGUSTINA DEL CARMEN LARA BUSTAMANTE, C.I. N° 7.048.070-0, modificaron la SERVICIOS PUBLICITARIOS CARAMELOS DIO LIMITADA, R.U.T. N° 76.727.727-K, inscrita en el registro de comercio de Santiago a fojas 24030, numero 13335, año 2017, y modificación inscrita con fecha 28 de diciembre del 2022, a foja 109029, numero 48578, año 2022, modificación que se efectuó en los siguientes términos: A) don ALFREDO EDUARDO DIAZ LARA, procedió a realizar venta de todos derechos sociales que mantiene en la sociedad SERVICIOS PUBLICITARIOS CARAMELOS DIO LIMITADA correspondiente al 99% del aporte social a doña AGUSTINA DEL CARMEN LARA BUSTAMANTE quien acepto y adquirió para sí; se modifica la cláusula quinta sobre capital señalando que el capital de la sociedad será la suma de 2 millones de pesos que fue aportado de la siguiente forma: i) doña AGUSTINA DEL CARMEN LARA BUSTAMANTE, aporta la suma de $1.980.000. correspondiente al 99% del capital social; y ii) don DAVID ENRIQUE DIAZ LARA, aporta la suma de $20.000, correspondiente al 1% del capital social; Se modifica la cláusula séptima entregando la administración, el uso de la razón social y la representación de esta de forma exclusiva a don DAVID ENRIQUE DIAZ LARA. En lo no modificado, siguen vigentes cláusulas del pacto social primitivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de Junio del 2024.-