Centro Ecográfico Limitada
Instrumento
- Fecha
- 24 de junio de 2024
- Notario
- JULIO JORGE ABUYERES JADUE
- Domicilio
- Quillota
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Administración
- La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistinta y separadamente a los socios don Alberto Hid Abuauad Abo-Mohor y don José Luis Granados Jiménez, con las limitaciones establecidas en los estatutos. B.-) Cláusula Sexta: el capital de la sociedad asciende a $1.000.000.-, aportado por los socios siguiente forma: A) Alberto Hid Abuabuad Abo-Mohor, con $377.500.-, equivalentes al 37,75%, B) José Luis Granados Jiménez, con $377.500.-, equivalentes al 37,75% y, C) Fernando Gonzalo Avilés Cornejo, con $245.000.-, equivalentes al 25,50%, todos enteran en arcas sociales en este acto y en dinero efectivo. En todo lo no modificado, queda vigente pacto social señalado
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJULIO JORGE ABUYERES JADUE, Notario Público Quillota, Pudeto 398, por escritura pública de fecha 24 de Junio de 2024, ante mí, don Alberto Hid Abuauad Abo-Mohor, José Luis Granados Jiménez, Paulina María Loreto González Zarate, Fernando Gonzalo Avilés Cornejo, todos Concepción Nº473, ciudad y comuna de Quillota, Región de Valparaíso, modificaron sociedad Centro Ecográfico Limitada, inscrita fojas 77 Nº69 Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces Quillota año 2002, RUT N°77.764.690-7, sentido que Paulina María Loreto González Zarate vende, cede y transfiere derechos ascendentes al 12,25% a Alberto Hid Abuauad Abo-Mohor y vende, cede y transfiere derechos ascendentes al 12,25% a José Luis Granados Jiménez, quedando como únicos y exclusivos socios Alberto Hid Abuauad Abo-Mohor, con 37,75% de participación en los derechos sociales; don José Luis Granados Jiménez, con 37,75% de participación en los derechos sociales y Fernando Gonzalo Avilés Cornejo, con 24,5% de participación en los derechos sociales. Socios modifican estatuto social sentidos que; A.-) Cláusula Quinta: Administración y uso de la Razón Social.- La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistinta y separadamente a los socios don Alberto Hid Abuauad Abo-Mohor y don José Luis Granados Jiménez, con las limitaciones establecidas en los estatutos. B.-) Cláusula Sexta: el capital de la sociedad asciende a $1.000.000.-, aportado por los socios siguiente forma: A) Alberto Hid Abuabuad Abo-Mohor, con $377.500.-, equivalentes al 37,75%, B) José Luis Granados Jiménez, con $377.500.-, equivalentes al 37,75% y, C) Fernando Gonzalo Avilés Cornejo, con $245.000.-, equivalentes al 25,50%, todos enteran en arcas sociales en este acto y en dinero efectivo. En todo lo no modificado, queda vigente pacto social señalado. Demás estipulaciones escrituras extractadas. Quillota, 18 de Julio 2024.