SURLATINA AUDITORES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de julio de 2024
- Comuna
- Providencia
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Santiago, Titular de la PrImera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: Por escritura pública otorgada el 9 de julio de 2024, ante mí, Repertorio No. 4697/2024, don JAIME IGNACIO GOÑI GARRIDO, don MARCO ANTONIO OPAZO HERRERA, doña SUSANA DEL CARMEN RUIZ CASTRO, don MANUEL FRANCISCO LEYTON DONOSO, y don HERNAN CRISTIÁN SOLÍS DINAMARCA, todos con domicilio en calle Alfredo Barros Errázuriz número mil novecientos cincuenta y cuatro, piso dieciocho, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, rectificaron la modificación de la sociedad “SURLATINA AUDITORES LIMITADA”, de fecha 1º de marzo de 2024, otorgada ante mí, inscrita a fojas 28364 No. 12061 del Registro de Comercio de Santiago de 2024, en la que acordaron modificar la sociedad y dejar constancia del fallecimiento del socio Orlando Anselmo Marambio Vinagre, acaecido el 29 de diciembre de 2023 y de la asignación, por efecto de lo dispuesto en la cláusula décimo quinta del Texto Refundido de los estatuto sociales de Surlatina Auditores Limitada, incluido en la cláusula séptima de la escritura de Cesión de derechos, Modificación y Repactación de fecha 17 de septiembre de 2003, de los derechos sociales de propiedad del socio fallecido a los socios sobrevivientes en forma proporcional de sus participaciones, en la que se incurrió en un error involuntario en la asignación de dichos porcentajes de participación. En su calidad de socios sobrevivientes de la sociedad Surlatina Auditores Limitada, acuerdan rectificar y reemplazar el artículo séptimo del Texto Refundido de los estatutos sociales, que se refiere al capital, incluido en la cláusula séptima de la escritura de Cesión de derechos, Modificación y Repactación de fecha diecisiete de septiembre del año dos mil tres, conviniendo que este quede como sigue: “ARTICULO SEPTIMO”: El capital de la sociedad es la suma de siete millones quinientos mil pesos, que los socios han aportado y enterado íntegramente, en dinero efectivo y en las siguientes cantidades y proporciones: A) El socio JAIME IGNACIO GOÑI GARRIDO, ha aportado cuatro millones ciento quince mil doscientos cincuenta pesos, ya ingresados a la caja social y cuarenta y un mil doscientos cincuenta pesos, que entera en este acto, mediante la asignación proporcional de los derechos del socio fallecido y que se encuentran ingresados en la caja social. Así el aporte total de JAIME IGNACIO GOÑI GARRIDO alcanza a cuatro millones ciento cincuenta y seis mil quinientos pesos, equivalente al cincuenta y cinco coma cuarenta y dos por ciento de los derechos sociales; B) El socio MARCO ANTONIO OPAZO HERRERA ha aportado tres millones ochenta y cuatro mil setecientos cincuenta pesos , ya ingresados a la caja social y treinta y un mil quinientos pesos, mediante la asignación proporcional de los derechos del socio fallecido y que se encuentran ingresados en la caja social. Así el aporte total de MARCO ANTONIO OPAZO HERRERA alcanza a tres millones ciento dieciséis mil doscientos cincuenta pesos, equivalente al cuarenta y uno coma cincuenta y cinco por ciento de los derechos sociales. C) La socia SUSANA DEL CARMEN RUIZ CASTRO, ha aportado setenta y cinco mil pesos, ya ingresados a la caja social y setecientos cincuenta pesos, que entera en este acto, mediante la asignación proporcional de los derechos del socio fallecido y que se encuentran ingresados en la caja social. Así el aporte total de SUSANA DEL CARMEN RUIZ CASTRO alcanza a la suma de setenta y cinco mil setecientos cincuenta pesos, equivalente a uno coma cero un por ciento de los derechos sociales; D) El socio MANUEL FRANCISCO LEYTON DONOSO, ha aportado setenta y cinco mil pesos, ya ingresados a la caja social y setecientos cincuenta pesos, que entera en este acto, mediante la asignación proporcional de los derechos del socio fallecido y que se encuentran ingresados en la caja social. Así el aporte total de MANUEL FRANCISCO LEYTON DONOSO alcanza a la suma de setenta y cinco mil setecientos cincuenta pesos, equivalente a uno coma cero un por ciento de los derechos sociales; y E) El socio HERNÁN CRISTIÁN SOLÍS DINAMARCA ha aportado setenta y cinco mil pesos, ya ingresados en la caja social y setecientos cincuenta pesos, que entera en este acto, mediante la asignación proporcional de los derechos del socio fallecido y que se encuentran ingresados en la caja social. Así el aporte total de HERNÁN CRISTIÁN SOLÍS DINAMARCA alcanza a la suma de setenta y cinco mil setecientos cincuenta pesos, equivalente a uno coma cero un por ciento de los derechos sociales”. De este modo los comparecientes vienen en rectificar la escritura de modificación de fecha 1 de marzo de 2024, entendiendo que esta corrección es parte integrante de dicha escritura, la que en lo demás permanece total y completamente vigente. Santiago, 9 de julio de 2024.cvo.