SOCIEDAD COMERCIAL TIERRAS NOBLES SpA
Instrumento
- Repertorio
- 1739-2024
- Notario
- DIEGO MATÍAS TELLO PÉREZ
- Oficio
- Sexta Notaría de esta ciudad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDIEGO MATÍAS TELLO PÉREZ, Abogado, Notario Público de la Sexta Notaría de esta ciudad, Suplente del Titular don ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, según Decreto Económico Protocolizado en este mismo registro con fecha diecinueve de Julio del año dos mil veinticuatro, bajo el número cuatrocientos cuatro, con domicilio en este oficio calle Huanhualí número doscientos noventa y dos de la ciudad y comuna de La Serena, certifico que por escritura pública Repertorio N° 1.739 - 2024 de fecha diecinueve de Julio del año dos mil veinticuatro, ante mí comparecieron, HÉCTOR ANDRÉS MIRANDA BOLVARÁN, chileno soltero, factor de comercio, cédula nacional de identidad número 16.307.723-k, domiciliado en Manzana 7, sitio nueve, Sector Totoralillo, comuna de Coquimbo don ALEJANDRO ANTONIO ARAVENA MIRANDA, chileno, casado, ingeniero civil industrial, cédula nacional de identidad número 12.861.749-3, domiciliado en calle Dos de Julio Poniente, sin número, Sector Pan de Azúcar comuna de Coquimbo, y doña MIRIAM SOLEDAD URZÚA RAMOS, chilena, casada, psicóloga, cédula nacional de identidad número 13.224.588-6, domiciliada en calle Dos de Julio Poniente, sin número, Sector Pan de Azúcar comuna de Coquimbo, en su calidad únicos y actuales socios de la sociedad por acciones Sociedad Comercial Tierras Nobles SpA, inscrita a fojas 417, número 219 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de La Serena del año 2021.- El capital social es ascendente a veinte millones de pesos, íntegramente suscrito y pagado en dinero en efectivo, la sociedad tiene asignado el Rol único tributario setenta y siete millones cuatrocientos treinta y tres mil ciento dieciséis guión seis.- Modificaron el Estatuto Social de esta sociedad, como sigue: Título Tercero. De la administración, en el sentido de que la administración y representación corresponderá única y exclusivamente a doña Miriam Soledad Urzúa Ramos, quien tendrá las mismas facultades señaladas en el pacto social constitutivo. Demás estipulaciones en escritura que extracto. La Serena, a veinte de Julio del año dos mil veinticuatro.