RUTA ORBITAL SUR SOCIEDAD CONCESIONARIA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 17 de julio de 2024
- Repertorio
- 6196-2024
- Notario
- PATRICIO RABY BENAVENTE
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $73.600.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto exclusivo la ejecución, reparación, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada Concesión Orbital Sur Santiago mediante el sistema de concesiones, así como la prestación y explotación de los servicios que se convengan en el Contrato de Concesión destinados a desarrollar dicha obra, y las demás actividades necesarias para la correcta ejecución del proyecto
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ISA INVERSIONES TOLTÉN LIMITADA | socio | 76662230-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en calle Gertrudis Echenique, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 17 de julio de 2024, bajo el repertorio N°6196-2024, INTERVIAL CHILE S.A., Ról Único Tributario Nº 78.634.860-9, e ISA INVERSIONES TOLTÉN LIMITADA, Rol Único Tributario Nº 76.662.230-5, todos domiciliados para estos efectos en calle Cerro el Plomo número 5.630, piso número 10, comuna de Las Condes, constituyeron una sociedad anónima de nacionalidad chilena sujeta a las normas que rigen a las sociedades anónimas abiertas, en adelante la “Sociedad”, cuyas menciones extractables con las siguientes: Nombre: El nombre de la Sociedad será “Ruta Orbital Sur Sociedad Concesionaria S.A.”, pudiendo usar el nombre de fantasía “Ruta Orbital Sur”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio que pueda establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro del país. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto exclusivo la ejecución, reparación, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada Concesión Orbital Sur Santiago mediante el sistema de concesiones, así como la prestación y explotación de los servicios que se convengan en el Contrato de Concesión destinados a desarrollar dicha obra, y las demás actividades necesarias para la correcta ejecución del proyecto. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Con todo, sólo se podrá poner término a la Sociedad una vez transcurridos dos años contados desde la extinción de la concesión. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $73.600.000.000, dividido en 73.600 acciones nominativas, ordinarias, de igual valor cada una y sin valor nominal, de una misma y única serie, suscrito y pagado como sigue: i) El accionista INTERVIAL CHILE S.A. ha suscrito la cantidad de 72.864 acciones, equivalentes a $72.864.000.000 de pesos y representativas del 99% del total del capital social, las que paga y pagará de la siguiente manera: /a/ Con la cantidad de $14.573.000.000 de pesos, representativa de 14.573 acciones , que paga y entera en el acto de constitución, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la Sociedad y que ingresan en arcas sociales; y /b/ Con la suma de $58.291.000.000 de pesos, representativa de 58.291 acciones, que deberá pagar en dinero efectivo en el plazo máximo de 36 meses contado desde la fecha de la escritura pública de constitución de la Sociedad. ii) El accionista ISA INVERSIONES TOLTÉN LIMITADA ha suscrito la cantidad de 736 acciones, equivalentes a $736.000.000 de pesos y representativas del 1% del total del capital social, las que paga y pagará de la siguiente manera: /a/ Con la suma de $147.000.000 de pesos, representativa de 147 acciones, que paga y entera en el acto de constitución, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la Sociedad, y que ingresan en arcas sociales; y /b/ Con la suma de $589.000.000, representativa de 589 acciones, que deberá pagar en dinero efectivo en el plazo máximo de 36 meses contado desde la fecha de la escritura pública de constitución de la Sociedad. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Doy fe.- Santiago, 17 de julio de 2024.- Patricio Raby Benavente, Notario Público.