CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA J&D SpA

CVE 2522537
Fecha instrumento
19 de julio de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
19 de julio de 2024
Repertorio
5723/2024
Notario
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: A) La realización de toda clase de negocios e inversiones inmobiliarias, pudiendo efectuar, por cuenta propia o ajena, todo tipo de transacciones comerciales en inmuebles urbanos o rurales; además de la prestación de asesorías relacionadas al rubro; B) Comprar, vender, gravar, arrendar, subarrendar y administrar, realizar cualquier forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; C) La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; D) El desarrollo de proyectos de diseño, arquitectura, construcción, urbanismo e ingeniería en construcción habitacional, comercial, industrial y de infraestructuras. Además, brindar asesorías en el diseño, arquitectura, y promoción de obras civiles tales como casas, locales y oficinas comerciales, estacionamientos, centros de eventos, establos o lugares de almacenamiento de animales mayores y forraje; viviendas acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales E) El corretaje de propiedades, la adquisición, compra, venta, arriendos, remate, tasación, mantención, regularización y administración de bienes inmuebles, urbanos o rurales, propios o ajenos, amoblados o no amoblados, con o sin equipos y maquinarias, incluyendo, comunidades, propiedad horizontal e individual y sus amoblados y equipamiento para sí o para terceros; la urbanización y loteo de inmuebles propios o de terceros según contratos generales de construcción y en general de todo tipo de obras civiles; la prestación de servicios de gestor inmobiliario y relacionados; la realización de toda clase de negocios inmobiliarios, pudiendo por cuenta propia o ajena, comprar, vender, gravar, arrendar y administrar toda clase de bienes raíces; F) La ejecución de toda clase de obras relacionadas con la construcción (menores, civiles, mineras, viales, ingeniería y otras), diseño, albañilería, carpintería, tabiquería, cerámicas, pintura, acabado, terminaciones, soldadura, elaboración, fabricación, refacción, ampliación, demolición, derribo, mantención, reparación, acondicionamiento o remodelación de viviendas, locales comerciales, edificios, partes de edificios, estructuras, caminos, puentes, piscinas, construcción, pavimentación y reposición de calles y veredas, espacios públicos, maestranza, revestimiento industrial, cálculo de estructuras, montaje industrial, montajes estructurales, mecánicos, electromecánicos e industriales, fabricación, instalación y mantención de estructuras metálicas, y en general, la ejecución de toda clase de proyectos y obras civiles menores y mayores, por cuenta propia o de terceros, pudiendo prestar servicios de contratista, subcontratista, o cualquier otra forma, para que personas, empresas o entidades a contrata ejecuten todo tipo de obras o servicios destinados a personas naturales y)o jurídicas, públicas y)o privadas, nacionales y)o extranjeras; G) Preparación de terreno, excavaciones y movimientos de tierra; H) La compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, transporte, importación y exportación de todo tipo de productos e insumos para la construcción y la industria en general, en especial materiales, herramientas y equipos de construcción, artículos de ferretería, equipos, maquinaria; I) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; J) La prestación de servicios de contratista, para que personas, empresas o entidades a contrata ejecuten todo tipo de obras o servicios destinados a personas naturales y)o jurídicas, públicas y)o privadas, nacionales y)o extranjeras; K) Servicios de arriendo de locales para matrimonios, fiestas, charlas, cursos de rienda y eventos relacionados con equinos, entro otros. L) Asimismo, la sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad mercantil que los socios acuerden y que esté vinculada directa o indirectamente con los giros señalados precedentemente, y en general, podrá realizar la celebración y ejecución de toda clase de actos jurídicos, convenios o contratos de cualquier naturaleza y títulos ya sean civiles o mercantiles que sean necesarios para la realización del objeto social y que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto social, así como cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria de la sociedad; sin perjuicio de las demás actividades que dentro del giro acuerden los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº 578, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 19 de julio de 2024, repertorio Nº 5.723/2024, ante mí, comparece doña DINA ELVIRA SANHUEZA JORQUERA, cédula de identidad número diez millones quinientos cuatro mil novecientos sesenta guión nueve, domiciliada en Obispo Ramón Angel Jara número cinco mil quinientos veintidós, comuna de Maipú, Región Metropolitana, en adelante la compareciente o la constituyente, mayor de edad, constituyó sociedad por acciones cuya razón social es “INMOBILIARIA J&D SpA”. OBJETO: El objeto de la sociedad será: A) La realización de toda clase de negocios e inversiones inmobiliarias, pudiendo efectuar, por cuenta propia o ajena, todo tipo de transacciones comerciales en inmuebles urbanos o rurales; además de la prestación de asesorías relacionadas al rubro; B) Comprar, vender, gravar, arrendar, subarrendar y administrar, realizar cualquier forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; C) La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; D) El desarrollo de proyectos de diseño, arquitectura, construcción, urbanismo e ingeniería en construcción habitacional, comercial, industrial y de infraestructuras. Además, brindar asesorías en el diseño, arquitectura, y promoción de obras civiles tales como casas, locales y oficinas comerciales, estacionamientos, centros de eventos, establos o lugares de almacenamiento de animales mayores y forraje; viviendas acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales E) El corretaje de propiedades, la adquisición, compra, venta, arriendos, remate, tasación, mantención, regularización y administración de bienes inmuebles, urbanos o rurales, propios o ajenos, amoblados o no amoblados, con o sin equipos y maquinarias, incluyendo, comunidades, propiedad horizontal e individual y sus amoblados y equipamiento para sí o para terceros; la urbanización y loteo de inmuebles propios o de terceros según contratos generales de construcción y en general de todo tipo de obras civiles; la prestación de servicios de gestor inmobiliario y relacionados; la realización de toda clase de negocios inmobiliarios, pudiendo por cuenta propia o ajena, comprar, vender, gravar, arrendar y administrar toda clase de bienes raíces; F) La ejecución de toda clase de obras relacionadas con la construcción (menores, civiles, mineras, viales, ingeniería y otras), diseño, albañilería, carpintería, tabiquería, cerámicas, pintura, acabado, terminaciones, soldadura, elaboración, fabricación, refacción, ampliación, demolición, derribo, mantención, reparación, acondicionamiento o remodelación de viviendas, locales comerciales, edificios, partes de edificios, estructuras, caminos, puentes, piscinas, construcción, pavimentación y reposición de calles y veredas, espacios públicos, maestranza, revestimiento industrial, cálculo de estructuras, montaje industrial, montajes estructurales, mecánicos, electromecánicos e industriales, fabricación, instalación y mantención de estructuras metálicas, y en general, la ejecución de toda clase de proyectos y obras civiles menores y mayores, por cuenta propia o de terceros, pudiendo prestar servicios de contratista, subcontratista, o cualquier otra forma, para que personas, empresas o entidades a contrata ejecuten todo tipo de obras o servicios destinados a personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras; G) Preparación de terreno, excavaciones y movimientos de tierra; H) La compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, transporte, importación y exportación de todo tipo de productos e insumos para la construcción y la industria en general, en especial materiales, herramientas y equipos de construcción, artículos de ferretería, equipos, maquinaria; I) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; J) La prestación de servicios de contratista, para que personas, empresas o entidades a contrata ejecuten todo tipo de obras o servicios destinados a personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras; K) Servicios de arriendo de locales para matrimonios, fiestas, charlas, cursos de rienda y eventos relacionados con equinos, entro otros. L) Asimismo, la sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad mercantil que los socios acuerden y que esté vinculada directa o indirectamente con los giros señalados precedentemente, y en general, podrá realizar la celebración y ejecución de toda clase de actos jurídicos, convenios o contratos de cualquier naturaleza y títulos ya sean civiles o mercantiles que sean necesarios para la realización del objeto social y que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto social, así como cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria de la sociedad; sin perjuicio de las demás actividades que dentro del giro acuerden los socios.- CAPITAL: El capital de la sociedad es SIETE MILLONES DE PESOS, dividido en MIL ACCIONES, sin valor nominal, todas de una misma serie, se suscriben y pagan en este acto y de la siguiente manera: DINA ELVIRA SANHUEZA JORQUERA, suscribe MIL ACCIONES ordinarias de serie única, equivalentes a la suma de SIETE MILLONES DE PESOS del capital social que paga en dinero efectivo y al contado, suma que este acto ingresa a la caja social. DURACION: Indefinida. ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD: La administración de la sociedad corresponderá a un administrador, designado en este acto: doña DINA ELVIRA SANHUEZA JORQUERA, ya individualizada, quien actuará con cada una de las facultades señaladas en la escritura que por este acto se extracta. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 19 de julio de 2024.