MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INDUSTRIAL MUNILQUE LIMITADA

RUT 76251744-2 CVE 2522543
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de julio de 2024

Instrumento

Fecha
4 de julio de 2024
Notario
JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
Oficio
CUARTA NOTARIA DE LOS ÁNGELES

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Administración

En consecuencia, se modificó el TITULO TERCERO. artículo sexto y articulo séptimo de los estatutos sociales. En todo lo no modificado, se mantiene expresamente vigente el pacto social, y en especial, la estipulación que establece que

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, NOTARIO PÚBLICO TITULAR DE LA CUARTA NOTARIA DE LOS ÁNGELES, con oficio en calle Caupolicán 355, Los Angeles, certifico: por escritura pública de fecha 4 de Julio de 2024, Rep. 3159-2024, ante mí, doña SANDRA MILENA GUERRERO, RAMÍREZ, Run: 22.119.548-5, fonoaudióloga, domiciliada en calle Avenida Gabriela Mistral Nº 205, departamento 200, Los Ángeles; doña NANCY CAROLINA MUÑOZ SALCEDO, Run:10.781.477-9, casada y separada de bienes, domiciliada en Ayinrehue N°2475 villa El Encino, Los Angeles; y don JUVENAL ENRIQUE FLORES PEREZ, Run: 9.551.596-7, técnico mecánico, domiciliado en sector pata de Gallina, Los Angeles, modificaron sociedad INDUSTRIAL MUNILQUE LIMITADA, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fs. 839 N°539 del Registro de Comercio de Los Angeles año 2012. Modificaciones: (i) Sandra Milena Guerrero Ramírez, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales equivalentes al 50% del capital social a doña Nancy Carolina Muñoz Salcedo. El capital social, de $10.000.000, queda íntegramente pagado e ingresado a la caja social, queda dividido entre los socios en los siguientes porcentajes: Juvenal Enrique Flores Pérez con un 50%, que equivale a $5.000.000 y Nancy Carolina Muñoz Salcedo con 50% que equivale a $5.000.000; (ii) se determina la distribución de las utilidades entre los socios y (iii) Se otorga una nueva estructura de administración, representación y uso de la razón social. En consecuencia, se modificó el TITULO TERCERO. artículo sexto y articulo séptimo de los estatutos sociales. En todo lo no modificado, se mantiene expresamente vigente el pacto social, y en especial, la estipulación que establece que los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Los Ángeles 22 de Julio del año 2024.