EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS NUEVA SOL DE ATACAMA SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de junio de 2024
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, Piso 18, Certifica: Por escritura pública fecha 18 de junio del año 2024, suscrito ante mí, JORGE EDUARDO IBARRA MORAGA. Cedula Nacional de Identidad número 8.001.052-4, domiciliado en calle Profesora Amanda Labarca Nº 96, oficina 21, viene en rectificar Escritura Pública de fecha catorce de mayo del año dos mil veinticuatro, otorgada ante el notario titular de la tercera notaria de Copiapó, Doña GABY HERNANDEZ SOTO, con domicilio en calle Bernardo O'Higgins seiscientos sesenta de la comuna de Copiapó, de constitución de la sociedad “EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS NUEVA SOL DE ATACAMA SpA”, la cual fue inscrita a fojas CUARETNA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE, numero DIECINUEVE MIL CIENTO SEIS del año DOS MIL VEINTICUATRO en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicada en el Diario Oficial con Fecha UNO de JUNIO del año dos mil veinticuatro. El compareciente debidamente facultado en virtud de la escritura pública precedentemente citada e individualizada en virtud de su ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO, en este acto, por el aludido instrumento, rectifico lo siguiente: I.- el nombre de uno de los socios y compareciente de la referida escritura objeto de la presente rectificación, a saber, Don “Ernesto Eduardo Espinosa Gárate, chileno, Estado Civil casado, cédula nacional de identidad número 7.868.809-2”, en el sentido de corregir su apellido paterno el cual en la escritura de constitución se escribió con la letra Z su apellido en circunstancias de que se escribe conforme su cedula de identidad con la letra S, por lo tanto, para todos los efectos legales ratifíquese el nombre “Ernesto Eduardo Espinoza Gárate”, por el de “Ernesto Eduardo Espinosa Gárate”. En todo lo no rectificado respecto de la referida escritura de constitución rigen plenamente sus ARTICULOS y/o comparecencia de sus respectivos socios. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 15 de julio de 2024.