Instrumento
- Fecha
- 19 de junio de 2024
- Notario
- ÁLVARO MARCELO MEDINA VILLANUEVA
- Domicilio
- y Conservador de Bienes Raíces Interino de las Comunas de Río Bueno y Lago Ranco
Sociedad
- Domicilio
- ciudad de Río Bueno
Objeto social
La satisfacción de las necesidades de abastecimiento de energía eléctrica, pudiendo para tal efecto producir, adquirir, distribuir y suministrar energía eléctrica, organizar, y proporcionar sistemas y servicios de telecomunicaciones, telefonía, radiocomunicaciones, transmisión de datos y de televisión por cable y satelital. Además fomentará el consumo de electricidad en sus diversas aplicaciones. Con el fin de coadyudar a la consecución de sus objetivos principales, podrá también comprar, importar, fabricar, vender y distribuir, ya sea al por mayor o al detalle, toda clase de bienes muebles, maquinarias, herramientas, repuestos, accesorios, materias primas, insumos, artefactos para el hogar, etcétera, ya sea para uso comercial, agrícola, industrial, minero o doméstico
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO MARCELO MEDINA VILLANUEVA, abogado, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces Interino de las Comunas de Río Bueno y Lago Ranco, con oficio en calle Ejército Libertador N°1059, de esta ciudad; Certifico: que por escritura pública de fecha 19 de junio del año 2024 y fecha 19 de julio del año 2024, ante mí, se redujeron a escritura pública el acta de la Décimo Séptima Junta General Especial de Socios de la Cooperativa Rural Eléctrica Río Bueno Limitada, celebrada el 24 de mayo del año 2024 y su complemento de fecha 18 de Julio de 2024. Razón social: COOPERATIVA RURAL ELÉCTRICA RÍO BUENO LIMITADA, con nombre de fantasía COOPREL, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Río Bueno, a Fs.15 N°13 del año 2004. OBJETO: La satisfacción de las necesidades de abastecimiento de energía eléctrica, pudiendo para tal efecto producir, adquirir, distribuir y suministrar energía eléctrica, organizar, y proporcionar sistemas y servicios de telecomunicaciones, telefonía, radiocomunicaciones, transmisión de datos y de televisión por cable y satelital. Además fomentará el consumo de electricidad en sus diversas aplicaciones. Con el fin de coadyudar a la consecución de sus objetivos principales, podrá también comprar, importar, fabricar, vender y distribuir, ya sea al por mayor o al detalle, toda clase de bienes muebles, maquinarias, herramientas, repuestos, accesorios, materias primas, insumos, artefactos para el hogar, etcétera, ya sea para uso comercial, agrícola, industrial, minero o doméstico. DOMICILIO: ciudad de Río Bueno, sin perjuicio de sucursales y oficinas que establezca en resto del país. CAPITAL: ilimitado y variable, siendo el suscrito y pagado quince mil cuatrocientos sesenta y cinco millones treinta mil cuatrocientos ochenta pesos. En la referida Junta se acordó la reforma a los artículos uno, cinco, catorce, treinta y seis, treinta y nueve, cuarenta y cuatro, cincuenta y dos, cincuenta y siete, cincuenta y ocho y sesenta y uno, así también se incorporaron los artículos treinta y seis bis, cuarenta y cinco bis, sesenta bis, sesenta y uno bis, primero transitorio, segundo transitorio y tercero transitorio del Estatuto Social. Del mismo modo, se acordó la reunificación de los estatutos de la cooperativa. Demás estipulaciones en escrituras extractadas.- Río Bueno, 22 de julio de 2024.