MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Constructora Verde Limitada

RUT 76151763-5 CVE 2522843
Fecha instrumento
23 de mayo de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de mayo de 2024
Notario
PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
Oficio
48ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogada, Notario Público Titular de la 48ª Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo N°3.076, oficina 601, Comuna de Las Condes, certifico que: por escritura pública de fecha 23 de mayo de 2024, repertorio número 6135-2024, ante mí, Daniel Alonso Figueroa Fernández, cédula de identidad número 17.560.726-9 y Renato Osvaldo Figueroa Fernández, cédula de identidad número 18.784.697-8, ambos domiciliados en calle Gregorio Marañón número 1716, Viña del Mar, en su calidad de únicos socios de la sociedad Constructora Verde Limitada, sociedad inscrita a fojas 483 número 429 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso correspondiente al año 2011 y cuya modificación y transformación fue inscrita a fojas 167 vuelta número 124 correspondiente al año 2019(en adelante, la “Sociedad”), acordaron: a) Aumentar el capital de la Sociedad, en la cantidad de veinticuatro millones de pesos, esto es, desde su monto actual de un millón de pesos a la cantidad de veinticinco millones de pesos; (b) Como consecuencia del aumento de capital de la Sociedad, acordaron modificar el modificar el artículo Cuarto de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO.- CAPITAL: El capital de la Sociedad asciende a la cantidad de veinticinco millones de pesos, que los socios aportan, pagan y enteran a la caja social de la siguiente forma: /a/ don DANIEL ALONSO FIGUEROA FERNÁNDEZ, la cantidad de doce millones quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del total de los derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha; y /b/ don RENATO OSVALDO FIGUEROA FERNÁNDEZ, la cantidad de doce millones quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del total de los derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha.” En todo lo no modificado por la escritura extractada, se mantienen plenamente vigentes las disposiciones que constan en escritura extractada. Santiago, 22 de julio de 2024.