MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Librería Pascual Roiz SpA

RUT 83031300-1 CVE 2521890
Fecha instrumento
19 de junio de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de junio de 2024
Repertorio
6953/2024
Notario
Rodrigo Andrés Farias Picon
Oficio
Primera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

La sociedad tiene por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Rodrigo Andrés Farias Picon, Abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 1160, oficinas 101 y 102, comuna de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 19/06/2024, Repertorio 6.953/2024, ante mí, doña Isabel del Pilar Pascual Roiz domiciliada en calle Agustinas 1.121, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, modificó sociedad “Librería Pascual Roiz SpA”, inscrita a fojas 7.033, número 3.319, del Registro de Comercio de Santiago del año 1971, en el siguiente sentido: Se modificó el artículo Primero de los estatutos sociales, relativo al nombre o razón social, reemplazando su texto actual por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO: Nombre. La Sociedad regida por estos estatutos y, en su silencio, por el párrafo VIII del Título VII del Libro II del Código de Comercio y, supletoriamente sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las disposiciones de la legislación común y las especiales aplicables a las Sociedades anónimas cerradas, se denomina “INVERSIONES LA MERCANTIL SpA”, pudiendo usar también el nombre de fantasía “INVERSIONES LA MERCANTIL”, para fines de publicidad, propaganda y operaciones bancarias (en adelante, la “Sociedad”)”. Se modificó el artículo Cuarto de los estatutos sociales, referente al objeto social, reemplazando su texto actual por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: Objeto. La sociedad tiene por objeto: Efectuar inversiones en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles ya sea en Chile y/o en el extranjero, estando facultada para estos efectos a realizar inversiones tanto en moneda nacional como extranjera; pudiendo especialmente realizar todo tipo de inversiones en dólares de los Estados Unidos de América; administrar estas inversiones y sus frutos, participar y concurrir a la formación de toda clase de sociedades o entidades, y en general realizar cualquier otra actividad o negocio complementario o relacionado con los señalados en este artículo. La sociedad podrá desarrollar su objeto directamente o a través de cualquier otra sociedad o entidad de que forme parte o en que participe. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ella.” En lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el texto de los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de Junio de 2024.-