Inversiones La Invernada Limitada
Instrumento
- Fecha
- 11 de julio de 2024
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
a) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, acciones, bonos , valores, debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades y todas clase de valores mobiliarios e inmobiliarios y documentos mercantiles y efectos de comercio, y la administración y enajenación de los mismo, la adquisición, explotación y ventas de bienes raíces y la participación en otras sociedades b) La explotación del comercio exterior, realizado por cuenta propia o ajena, operaciones de importación o exportación, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y)o de sus partes o repuestos; c) El desempeño en Chile de agencias o representaciones de empresas extranjeras, como de cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones en el exterior de empresas o mandantes chilenos; d) La comercialización o distribución, en Chile o en el exterior, de toda clase de bienes de consumo o de capital, su armaduría, ensamblaje o fabricación; e) La prestación de toda clase de servicio de asesoría técnica; puesta en marcha y mantención ya sea en relación con los bienes de su propia producción o de terceros; f) Prestar servicios relacionados con la organización y administración de empresas, estudios de mercado, y publicidad, comercio exterior, sistema de computación e informática y cualquier otro servicio o asesoría requerida por las empresas; y g) Cualquiera otra actividad análoga o complementaria de las anteriores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico que mediante escritura pública de fecha 11 de julio de 2024, Repertorio número 8.787-2024, otorgada ante mí, don Víctor Francisco Otero Pizarro y doña Jaquelina Nelson, ambos domiciliados en calle Julia Bernstein número mil cuatrocientos treinta y tres, casa A, comuna de La Reina, Región Metropolitana, acordaron transformar “Inversiones La Invernada Limitada” en una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta: Nombre: “Inversiones La Invernada SpA”. Objeto: a) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, acciones, bonos , valores, debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades y todas clase de valores mobiliarios e inmobiliarios y documentos mercantiles y efectos de comercio, y la administración y enajenación de los mismo, la adquisición, explotación y ventas de bienes raíces y la participación en otras sociedades b) La explotación del comercio exterior, realizado por cuenta propia o ajena, operaciones de importación o exportación, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y/o de sus partes o repuestos; c) El desempeño en Chile de agencias o representaciones de empresas extranjeras, como de cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones en el exterior de empresas o mandantes chilenos; d) La comercialización o distribución, en Chile o en el exterior, de toda clase de bienes de consumo o de capital, su armaduría, ensamblaje o fabricación; e) La prestación de toda clase de servicio de asesoría técnica; puesta en marcha y mantención ya sea en relación con los bienes de su propia producción o de terceros; f) Prestar servicios relacionados con la organización y administración de empresas, estudios de mercado, y publicidad, comercio exterior, sistema de computación e informática y cualquier otro servicio o asesoría requerida por las empresas; y g) Cualquiera otra actividad análoga o complementaria de las anteriores. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de 6 millones de pesos, dividido en 6.000 acciones ordinarias y sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador este extracto para legalización. Santiago, 12 de julio de 2024.-