CONSTRUCTORA JOSÉ LUIS MALDONADO SOTO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de julio de 2024
- Notario
- Boris E. Navarro Alarcón
- Domicilio
- Calbuco
Sociedad
- Capital
- $8.000 CLP
- Domicilio
- Calbuco
- Duración
- La sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de la escritura y tendrá una duración de 5 años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos, salvo que los socios manifestaren su voluntad de poner término al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotará al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a los menos tres meses al término del periodo respectivo. De las utilidades: Las utilidades y las eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus respectivos derechos sociales.- La responsabilidad:
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La construcción. b) La explotación del giro de la construcción de edificios, viviendas, locales comerciales, por sí o a través de la contratación con terceros, con medios propios o ajenos, en el ámbito público o privado, pudiendo participar en propuestas o licitaciones. c) la ejecución de obras públicas. d) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y proyectos de ingeniería y construcción por cuenta propia o ajena; e) La realización de trabajos de construcción o edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; f) El desarrollo proyectos inmobiliarios. g) La realización de loteos y obras de urbanización; h) La construcción, de centros y locales comerciales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o subsidios habitacionales; i) la implementación y realización en general de todo tipo de proyectos y obras de ingeniería y construcción y todo lo que se relacione en la actualidad y en el futuro, y la ejecución y celebración de todos los actos y contratos conducentes a dicho objeto y las demás actividades, afines o no a su
Administración
La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don JOSÉ LUIS MALDONADO SOTO RUT: 9.952.263-1, quien ejercerá por sí o a través de mandatario, y anteponiendo la razón social a su firma, obliga y representa a la compañía en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; con todas las facultades que se indican en la escritura extractada
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| JOSÉ LUIS MALDONADO SOTO | socio | 9952263-1 | — | — | |
| SILVIA FRANCISCA SOTO CÁRDENAS | socio | 12434471-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBoris E. Navarro Alarcón, Notario Público Calbuco, con oficio en Almirante Latorre 107, Calbuco, certifico que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 15 de julio 2024, los señores: JOSÉ LUIS MALDONADO SOTO, RUT 9.952.263-1, y doña SILVIA FRANCISCA SOTO CÁRDENAS, RUT 12.434.471-9, ambos domiciliados en Sargento Aldea N°152, de la ciudad y comuna de Calbuco. Región de Los Lagos; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada que girará bajo la Razón social "CONSTRUCTORA JOSÉ LUIS MALDONADO SOTO LIMITADA", Nombre de fantasía "CONSTRUCTORA JMS LIMITADA", así como la abreviatura "Ltda.". Domicilio: Calbuco sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en el resto del país. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La construcción. b) La explotación del giro de la construcción de edificios, viviendas, locales comerciales, por sí o a través de la contratación con terceros, con medios propios o ajenos, en el ámbito público o privado, pudiendo participar en propuestas o licitaciones. c) la ejecución de obras públicas. d) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y proyectos de ingeniería y construcción por cuenta propia o ajena; e) La realización de trabajos de construcción o edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; f) El desarrollo proyectos inmobiliarios. g) La realización de loteos y obras de urbanización; h) La construcción, de centros y locales comerciales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o subsidios habitacionales; i) la implementación y realización en general de todo tipo de proyectos y obras de ingeniería y construcción y todo lo que se relacione en la actualidad y en el futuro, y la ejecución y celebración de todos los actos y contratos conducentes a dicho objeto y las demás actividades, afines o no a su giro. j) Rubro de ferretería k) cualquier otra actividad que los socios acuerden. La Administración: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don JOSÉ LUIS MALDONADO SOTO RUT: 9.952.263-1, quien ejercerá por sí o a través de mandatario, y anteponiendo la razón social a su firma, obliga y representa a la compañía en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; con todas las facultades que se indican en la escritura extractada. Capital: el capital de la sociedad es de $8.000.000 que se aportan y enteran por los socios de la forma que se indica: A) la socia SILVIA FRANCISCA SOTO CÁRDENAS aporta y entera el 12,50 % del capital social, mediante el aporte de $1.000.000, en dinero efectivo, que se aporta y entrega en este acto, ingresando a la caja social y B) el socio JOSÉ LUIS MALDONADO SOTO aporta y entera el 87,50% del capital social, mediante el aporte de 7.000.000 en dinero efectivo, que se aporta y entrega en este acto, ingresando a la caja social. Quedando, en consecuencia, enterados los aportes de los socios. Duración: La sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de la escritura y tendrá una duración de 5 años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos, salvo que los socios manifestaren su voluntad de poner término al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotará al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a los menos tres meses al término del periodo respectivo. De las utilidades: Las utilidades y las eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus respectivos derechos sociales.- La responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta concurrencia del monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Calbuco, 18 de julio 2024.