ASESORÍAS MARKIP SERVICIOS LEGALES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de julio de 2024
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La duración de la sociedad será de 5 años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalados en escritura extractada
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
El objeto de la sociedad será: A) La realización y prestación de servicios profesionales, bajo la calidad de sociedad de profesionales, radicados en asesoría profesional, gestión, administración y consultoría, ya sea a personas naturales y)o jurídicas, en temas comerciales y)o administrativos o de índole empresarial. B) Asesoría profesional legal y jurídica en registro de marcas, propiedad intelectual e industrial y actividades relacionadas con dicho
Administración
La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a ÁLVARO ANDRÉS AGURTO GEOFFROY, y a EMILIO SEGRESTE VILLABLANCA, quienes actuando individualmente e indistintamente, anteponiendo a su firma la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, certifico que: por escritura pública de fecha 18 de julio de 2024, comparecen, ante mí: (I) ÁLVARO ANDRÉS AGURTO GEOFFROY, C.I. N°16.003.118-2, domiciliado para estos efectos en calle Oscar Tenhann N°756, depto. 1404, Las Condes, Región Metropolitana; y, (II) EMILIO SEGRESTE VILLABLANCA, C.I. N°14.756.745-6, domiciliado para estos efectos en calle Las Fresas N°4444, depto. 602, Vitacura, Región Metropolitana, quienes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a la Ley 3.918 y demás disposiciones supletorias. RAZÓN SOCIAL: La razón social será “ASESORÍAS MARKIP SERVICIOS LEGALES LIMITADA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a ÁLVARO ANDRÉS AGURTO GEOFFROY, y a EMILIO SEGRESTE VILLABLANCA, quienes actuando individualmente e indistintamente, anteponiendo a su firma la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada. CAPITAL: $1.000.000.- que los socios aportan y pagarán en la siguiente forma y proporción: (I) Álvaro Andrés Agurto Geoffroy aporta $500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales, los cuales pagará en dinero en efectivo, en el plazo de 1 año contado desde fecha escritura constitución. (II) Emilio Segreste Villablanca aporta $500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales, los cuales pagará en dinero en efectivo, en el plazo de 1 año contado desde fecha escritura constitución. OBJETO: El objeto de la sociedad será: A) La realización y prestación de servicios profesionales, bajo la calidad de sociedad de profesionales, radicados en asesoría profesional, gestión, administración y consultoría, ya sea a personas naturales y/o jurídicas, en temas comerciales y/o administrativos o de índole empresarial. B) Asesoría profesional legal y jurídica en registro de marcas, propiedad intelectual e industrial y actividades relacionadas con dicho giro. C) Asesoría y consultoría en materias de Sofware. DURACIÓN: La duración de la sociedad será de 5 años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalados en escritura extractada. Santiago, 19 de julio de 2024.