ASESORÍAS JSV LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de junio de 2024
- Repertorio
- 33832
- Notario
- PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL
- Oficio
- 19° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario Público titular 19° Notaría de Santiago, con oficio en calle Bandera 341 oficina 352, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 17 de junio de 2024, repertorio 33.832 ante mí, JOSÉ GABRIEL SOTELO VIDELA, GÉNESIS VERÓNICA LEIVA AGUIRRE, y GABRIEL IGNACIO SOTELO SALAS, todos domiciliados en calle Huérfanos número ochocientos ochenta y seis, oficina seiscientos veinte, comuna de Santiago, Región Metropolitana, modificaron la sociedad ASESORÍAS JSV LIMITADA, constituida por escritura pública originalmente, con fecha veintisiete de noviembre de dos mil quince, otorgada en la Notaría de Santiago de don Alberto Mozo Aguilar, cuyo extracto se inscribió a fojas noventa y dos mil doscientos ochenta y cuatro, número cincuenta y tres mil ochocientos treinta y uno en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil quince, y se publicó en el Diario Oficial de fecha diez de diciembre de dos mil quince, bajo el número cuarenta y un mil trescientos veintiocho. Seguidamente, se transformó a una Sociedad de Responsabilidad Limitada a través de escritura pública otorgada con fecha diecinueve de diciembre del año dos mil veintitrés, otorgada ante la notaría de don Pedro Ricardo Reveco Hormazabal, cuyo extracto se inscribió a fojas dos mil tres, número ochocientos treinta en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos veinticuatro, y se publicó en el Diario Oficial de fecha seis de enero del año dos mil veinticuatro, bajo el número cuarenta y tres mil setecientos cuarenta y tres, en cuanto: GÉNESIS VERÓNICA LEIVA AGUIRRE con expreso consentimiento de todos los otros socios, vende, cede y transfiere a don GABRIEL IGNACIO SOTELO SALAS el uno por ciento de los derechos que tiene en la sociedad ASESORÍAS JSV LIMITADA. Se modifica el estatuto así: A) se reemplaza íntegramente la cláusula sexto por lo siguiente: “SEXTO El capital social será la suma de dos millones de pesos, aportado así: don JOSÉ GABRIEL SOTELO VIDELA, ha aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de un millón novecientos ochenta mil pesos, que es un noventa y nueve por ciento del capital social y propiedad que presenta la compañía, y que el otro socio don GABRIEL IGNACIO SOTELO SALAS, ha aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de veinte mil pesos, que es un uno por ciento del capital social y propiedad que presenta la compañía”. B) se reemplaza íntegramente la cláusula séptimo por lo siguiente “SÉPTIMO. Las utilidades se repartirán entre los socios así: un noventa y nueve por ciento para don JOSÉ GABRIEL SOTELO VIDELA; y un uno por ciento para GABRIEL IGNACIO SOTELO SALAS. Las eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en la proporción de un noventa y nueve por ciento para don JOSÉ GABRIEL SOTELO VIDELA y un uno por ciento para GABRIEL IGNACIO SOTELO SALAS”. En todo lo no expresamente modificado, sigue rigiendo inalterado el pacto social que consta en escritura pública de fecha diecinueve de diciembre del año dos mil veintitrés otorgada en notaría de Santiago, de don Pedro Ricardo Reveco Hormazabal. Santiago, 09 de julio de 2024.-