DECORACION, FORMAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de mayo de 2024
- Notario
- BORIS ALEJANDRO ARAVENA ESTOBAR
- Oficio
- Primera Notaría con asiento en la Comuna de San Joaquín
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBORIS ALEJANDRO ARAVENA ESTOBAR, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la Comuna de San Joaquín, con oficio en Avenida Vicuña Mackenna N°3.125, Comuna de San Joaquín, certifico: ante mí, mediante escritura pública de fecha 14/05/2024, en que se acordó por los actuales y únicos socios de la sociedad denominada DECORACION, FORMAS LIMITADA, con nombre de fantasía FORMAS LTDA, don JORGE WASHINGTON SALAS NOVOA, chileno, casado, comerciante, C.I. 8.862.873-K y doña CLAUDIA FERNANDA BRAVO RODRIGUEZ, chilena, viuda, comerciante, C.I. 10.253.505-7, acuerdan modificar el estatuto social de la manera siguiente: a) se retira de la sociedad don JORGE WASHINGTON SALAS NOVOA, dueño del 99% de los derechos sociales, quien los cede y transfiere a don JEFFERSON DANIEL GONZALEZ MARTINEZ, venezolano, soltero, comerciante, C.I.E. 26.041.787-8, quien los adquiere y acepta para si por el precio de $500.000, que el cesionario paga en el acto y en efectivo, declarando el cedente haber recibido a su entera satisfacción, sirviendo como comprobante de pago el presente instrumento; y b) se retira de la sociedad doña CLAUDIA FERNANDA BRAVO RODRIGUEZ, dueña del 1% de los derechos sociales, quien los cede y transfiere a don MIGUEL ALFONSO PERONA LEDESMA, chileno, comerciante, soltero, cedula de identidad 15.429.806-1, quien los adquiere y acepta para si por el precio de $100.000, que el cesionario paga en el acto y en efectivo, declarando el cedente haber recibido a su entera satisfacción, sirviendo como comprobante de pago el presente instrumento.- Los actuales socios acuerdan ratificar la cláusula relativa a la administración de la sociedad de la manera siguiente: cuarto: la administración y uso de la razón social corresponderá al don JORGE WASHINGTON SALAS NOVOA, con los mismos derechos e iguales facultades que las mencionadas en el estatuto constitutivo, las que se dan por reproducidas en este acto, para todos los efectos legales. En todo lo no modificado seguirá vigente pacto social constitutivo. San Joaquín, 14 de mayo de 2024.