BASTIAS JARA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de julio de 2024
- Repertorio
- 1801-2024
- Notario
- MODIFICACION BASTIAS JARA LIMITADA JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN
- Oficio
- Décimo Segunda Notaria de Concepción
- Comuna
- Concepción
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| NATALIA GENOVEVA SOTO ACOSTA | socio | 13622249-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMODIFICACION BASTIAS JARA LIMITADA JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN, Abogado, Notario Público, titular de la Décimo Segunda Notaria de Concepción, con oficio en avenida Chacabuco, número novecientos ochenta, de la comuna de Concepción: certifico por Escritura Pública de fecha 02 de Julio de 2024, repertorio 1.801-2024, ante mi, doña NATALIA GENOVEVA SOTO ACOSTA, chilena, casada, ingeniera, C.N.I. 13.622.249-K, don JOSÉ EDUARDO BASTÍAS ARAVENA, chileno, casado, Técnico Mecánico, C.N.I. 14.526.427-8, doña MARIOLY ESTER FERREIRA SEPULVEDA, chilena, casada, secretaria, C.N.I. 16.133.480-4, y don CARLOS DAVID JARA TORRES, chileno, casado, Técnico Mecánico, C.N.I. 15.181.391-7, todos domiciliados en Los Jilgueros N° 8109, Parque Central de la comuna de Hualpén y de paso en esta, modifican sociedad de responsabilidad limitada “BASTIAS JARA LIMITADA” , constituida el 14 de mayo de 2018, ante Notario Público don Gastón Álvaro Aranís Quiroz, suplente del titular don Juan Espinoza Bancalari, y que rola inscrita a fojas 1028 vuelta número 826 del año 2018, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción y publicada en el diario oficial edición N° 42.059 del 17 de mayo del 2018. Modificación: Cesión de Derechos: la socia Natalia Genoveva Soto Acosta vende, cede y transfiere el total de sus derechos que le corresponden en la sociedad singularizada equivalentes al 28% del haber social, a José Eduardo Bastías Aravena, en $2.000.000, suma que se pagó con anterioridad a este acto; y la socia MARIOLY ESTER FERREIRA SEPULVEDA, vende, cede y transfiere el total de sus derechos que le corresponden en la sociedad singularizada equivalentes al 24% del haber social, a CARLOS DAVID JARA TORRES, en $1.000.000, suma que se pagó con anterioridad a este acto. En consecuencia, don JOSÉ EDUARDO BASTÍAS ARAVENA, queda con el 52% de los derechos de la sociedad y don CARLOS DAVID JARA TORRES, queda con 48% de la participación en la sociedad.- Quedan como únicos socios don JOSÉ EDUARDO BASTÍAS ARAVENA y CARLOS DAVID JARA TORRES. La administración, gobierno, representación y uso de la razón social, radica en don CARLOS DAVID JARA TORRES. En todo lo demás se mantienen las cláusulas primitivas. Concepción 09 de Julio de 2024.- Doy fe.-