MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Emhart, Inostroza y Compañía Abogados Sociedad de Profesionales Limitada

RUT 76604975-3 CVE 2520022
Capital
$1.500.000 CLP
Fecha instrumento
26 de junio de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de junio de 2024
Notario
Patricio Raby Benavente
Oficio
Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Patricio Raby Benavente, abogado, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Santiago, con oficio ubicado en avenida Gertrudis Echenique número treinta, oficina treinta y dos, comuna de Las Condes, de esta ciudad, certifico que, don Gabriel Andrés Inostroza Carvajal, C.I. 15.784.589-6, domiciliado en Vespucio Norte N°280, departamento 906, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don Andrés Maurice Emhart Ferriere, C.I. 15.774.664-2 domiciliado en Málaga N°115, oficina 505, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y; don Fabián Arturo Montero Serrano, C.I. 16.014.958-2, domiciliado en Alonso de Córdova número 5045, departamento 1205, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, suscribieron la escritura pública otorgada ante mí, con fecha 26 de junio de 2024, repertorio número 5486-2024, mediante la cual: 1. Gabriel Andrés Inostroza Carvajal vendió, cedió y transfirió a don Fabián Arturo Montero Serrano, quien compró, aceptó y adquirió para sí, el 10% de sus derechos sociales, equivalentes al 5% del total de los derechos sociales en la sociedad Emhart, Inostroza y Compañía Abogados Sociedad de Profesionales Limitada.-. 2. Gabriel Andrés Inostroza Carvajal vendió, cedió y transfirió a don Andrés Maurice Emhart Ferriere, quien compró, aceptó y adquirió para sí, el 90% de sus derechos sociales, equivalentes al 45% del total de los derechos sociales en la sociedad Emhart, Inostroza y Compañía Abogados Sociedad de Profesionales Limitada.-. 3. En consecuencia, Gabriel Andrés Inostroza Carvajal vendió, cedió y transfirió íntegramente su participación social, dejando de ser socio de la sociedad, retirándose de la misma. 4. Por lo tanto, el capital de la sociedad Emhart, Inostroza y Compañía Abogados Sociedad de Profesionales Limitada es de $1.500.000.-, de los cuales $1.425.000.- son aportados por Andrés Maurice Emhart Ferriere y $75.000.- son aportados por don Fabián Arturo Montero Serrano, limitando los socios su responsabilidad al monto de sus aportes. 5.- Los comparecientes acordaron modificar el artículo Primero de la Escritura de Constitución a fin de cambiar la razón social y el nombre de fantasía de la sociedad en los siguientes términos: ARTÍCULO PRIMERO: La razón social de la sociedad será “EMHART, MONTERO Y COMPAÑÍA ABOGADOS SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA”, pudiendo usar los nombres de fantasía EMHART Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA”, “ANDRÉS EMHART Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA” y “AYE ABOGADOS LIMITADA”. 5.- Los comparecientes acordaron modificar el artículo Séptimo de la Escritura de Constitución a fin de cambiar la administración y la representación y el uso de la razón social, el cual, corresponderá exclusivamente a don ANDRÉS MAURICE EMHART FERRIERE. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de Julio de 2024. Patricio Raby Benavente, Notario Público Titular.