CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

BESS Huañil SpA

CVE 2520081
Fecha instrumento
8 de julio de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de julio de 2024
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

La Sociedad tiene por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público de la 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifico: que por escritura pública de fecha 8 de julio de 2024, repertorio número 8.599-2024, ante la notario suplente Karina Alejandra Flores Muñoz: LIMES LATAM S.L., rol único tributario número 59.290.330- k, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: BESS Huañil SpA (la “Sociedad”). Objeto: La Sociedad tiene por objeto: a) la participación, a cualquier título, en negocios y proyectos eléctricos y de energía renovable, almacenamiento o de otra clase, y en la construcción, explotación, desarrollo, comercialización y gestión de tales proyectos; tanto en Chile como en el extranjero y por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; b) la prestación de todo tipo de servicios de asesoría, especialmente pero no limitado a servicios relativos a la administración, ingeniería y construcción de proyectos eléctricos y de energía renovable; c) la inversión, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes corporales o incorporales, inmuebles o muebles, tanto en Chile como en el extranjero, incluyendo, pero no limitado a, acciones, derechos sociales, bonos, debentures, efectos de comercio, bienes raíces, y, en general, cualquier otro valor de inversión de cualquier naturaleza, y la administración de estas inversiones y sus frutos; d) la inversión, participación y administración de toda clase de sociedades, joint ventures, asociaciones, consorcios y otras entidades afines; y e) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado de conformidad con el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador para su legalización. Santiago, 12 de julio de 2024.