MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Olea & Venegas Limitada

RUT 77594362-9 CVE 2519475
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de julio de 2024
Notaría
Concepción

Instrumento

Fecha
9 de julio de 2024
Repertorio
2369-2024
Notario
PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA
Oficio
Segunda Notaría de Concepción
Comuna
Concepción

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Abogado, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Concepción, según consta en Decreto Económico Nº211, protocolizado al final del registro del 6º Bimestre del año 2023, con el Nº792, con oficio en calle Castellón Nº116, Concepción, certifico: Que por Escritura Pública de fecha 09 de julio de 2024, Repertorio Nº2.369-2024, comparecieron ante mí; doña Sofía Soledad Olea Rodríguez, cédula de identidad Nº16.153.185-5; casada, médico psiquiatra, Las Violetas 1455 casa 8,Huertos Familiares, San Pedro de la Paz; don Christian Andrés Venegas Muñoz, cédula de identidad Nº15.492.418-3, casado, ingeniero informático, Avenida Prat 507, Quirihue y doña Marianela Rodríguez Jara, cédula de identidad Nº8.104.783-9 divorciada, jubilada, Las Rosas 1935 Huertos Familiares, San Pedro de la Paz, modificaron sociedad: Sociedad Olea & Venegas Limitada, nombre fantasía; Sociedad o & v Ltda. Rol único tributario N°77.594.362-9 con capital inicial $1.000.000.- Constituida por socia Sofía Soledad Olea Rodríguez con 90 % de derechos en capital social y socio Christian Andrés Venegas Muñoz, con un 10 % de derechos en capital social, todo por escritura pública de fecha 03 Junio 2022, otorgada ante Pedro Andrés Vásquez Neira, suplente del Notario Público Titular Concepción don Juan Carlos San Martín Molina, extracto publicado fojas 836 número 582. Modificación inicial consiste: se retira de sociedad Christian Andrés Venegas Muñoz quien vende y cede todos sus derechos e interés en sociedad ascendente a 10% a Marianela Rodríguez Jara, quien los compra, adquiere y acepta para sí, por un valor de $100.000-. y que cesionaria paga a cedente este acto dinero efectivo, recibidos a satisfacción por cedente, pagado de contado. Actuales socios; Sofía Soledad Olea Rodríguez con 90% de derechos e interés en capital Sociedad y Marianela Rodríguez Jara, con un 10% de derechos e interés en capital Sociedad, quienes limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Modifican. A) cláusula segunda pacto social constitutivo en sentido que en adelante la razón social será: DRA. OLEA Y CIA LIMITADA con nombre fantasía DRA. OLEA LTDA. ante toda persona. y DOS) modifican clausula octava pacto social constitutivo, en sentido que en adelante tanto utilidades o perdidas, se distribuirán en un 90% para socia Sofía Soledad Olea Rodríguez y un 10% para socia Marianela Rodríguez Jara. Modificaciones empiezan a regir desde esta fecha, manteniendo vigentes todas demás cláusulas que no se modifican, que se mantienen, incluyendo representación y uso razón social. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Concepción, julio 11 de 2024.- Doy fe. su