CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS PROFESIONALES EGEO LIMITADA

CVE 2519187
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
3 de julio de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
3 de julio de 2024
Repertorio
16888/2024
Notario
Álvaro David González Salinas
Oficio
42° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
15 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, renovable tácita y sucesivamente por períodos de 10 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso
Ley aplicable
Ley N° 3.918

Objeto social

i) Asesorías profesionales en el ámbito financiero, de inversiones y de gestión empresarial y, en general, la realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresados. Administración, representación y uso de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Álvaro David González Salinas, Notario Público, Titular de la 42° Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo N° 3001, piso 2, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica que: Por escritura pública de fecha 03 de julio de 2024, Repertorio N° 16888/2024; ante mí, don BENJAMÍN MARIO CARDEMIL CARAVES y don GASTÓN ANDRÉS CARDEMIL QUEZADA, ambos domiciliados en Avenida Presidente Kennedy 7900 oficina 905, Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada en conformidad a lo preceptuado por la Ley N° 3.918, sus modificaciones y las disposiciones del Código Civil y de Comercio que tratan sobre la materia cuya razón social, administración, uso de la razón social, el capital que introduce y paga cada socio, objeto social, duración y domicilio son los siguientes: Razón Social: “SERVICIOS PROFESIONALES EGEO LIMITADA”. Objeto: i) Asesorías profesionales en el ámbito financiero, de inversiones y de gestión empresarial y, en general, la realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresados. Administración, representación y uso de razón social: corresponde en forma individual y separada a BENJAMÍN MARIO CARDEMIL CARAVES y GASTÓN ANDRÉS CARDEMIL QUEZADA actuando individual o conjuntamente y anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y, en especial, en la celebración de los actos o contratos que se enumeran más adelante, no siendo necesario acreditar, ante a terceros, si ellos corresponden o no al giro social. Capital: $100.000 que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: a) Don BENJAMÍN MARIO CARDEMIL CARAVES aporta $99.000 que suscribe y paga en el acto al contado y en efectivo. b) Don GASTÓN ANDRÉS CARDEMIL QUEZADA aporta $1.000 que suscribe y paga en el acto al contado y en efectivo. Duración: 15 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, renovable tácita y sucesivamente por períodos de 10 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de agencias y sucursales en el resto del país o el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 9 de julio de 2024.