INVERSIONES SUNSET LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de julio de 2024
- Notario
- TADA INVERSIONES SUNSET LIMITADA O SUNSET LTDA RODRIGO ALEJANDRO GONZALEZ BARRIGA
- Oficio
- Primera Notaría de Iquique
- Comuna
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMODIFICACIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA INVERSIONES SUNSET LIMITADA O SUNSET LTDA RODRIGO ALEJANDRO GONZALEZ BARRIGA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Iquique, A. Pinto 555, Iquique, certifico que, por escritura publica hoy ante mí, Don JUAN LUIS PÁEZ FLORES, domiciliado en Baquedano Número mil doscientos noventa y seis, Iquique; don RUBÉN DARÍO CONTRERAS RAMOS, domiciliado en calle Padre Hurtado Número dos mil trescientos sesenta y nueve, departamento doscientos uno, Iquique; y don SEBASTIÁN IGNACIO SALAS GÓMEZ, domiciliado en calle Libertad Número novecientos cincuenta y dos, Iquique; Por el presente acto el socio Sebastián Ignacio Salas Gómez, vende, cede y transfiere parte de sus derechos sociales, que equivalen al treinta y tres coma tres por ciento de su participación social, de la siguiente manera: a don JUANLUIS PAEZ FLORES, el dieciséis coma sesenta y cinco por ciento de su participación social, quien los compra y adquiere para sí dichos derechos en la suma de quinientos mil pesos chilenos, que el cesionario paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente recibir dicha suma a su entera conformidad; a don RUBEN DARÍO CONTRERAS RAMOS, el dieciséis coma sesenta y cinco por ciento de su participación social, quien los compra y adquiere para sí dichos derechos en la suma de quinientos mil pesos chilenos, que el cesionario paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente recibir dicha suma a su entera conformidad; Como consecuencia de las cesiones que dan cuenta el presente instrumento, la sociedad SUNSET LIMITADA, queda conformada de la siguiente manera: a) don JUAN LUIS PAEZ FLORES, queda con una participación en la sociedad, equivalente al cincuenta por ciento del haber total de la sociedad; b) don RUBEN DARÍO CONTRERAS RAMOS, queda con una participación en la sociedad, equivalente al cincuenta por ciento del haber total de la sociedad, limitando sus responsabilidades al monto de sus respectivas participaciones sociales, capital social actual de $10.000.000; Las cesiones que dan cuenta el presente instrumento comprende las utilidades y eventuales pérdidas que haya obtenido la sociedad y que no se hayan repartido entre los socios cedentes; el socio saliente y la sociedad, se dan el más completo, total y definitivo finiquito, asumiendo los socios, toda responsabilidad civil, penal y tributaria que le puede diera caber al socio saliente. Esta liquidación recíproca y salvaguardia se ha tenido presente y como condición esencial, en la celebración del presente contrato; los actuales socios, vienen a modificar la cláusula novena del pacto social precedente, en el sentido que la administración y el uso de la razón social le corresponderá a los socios JUAN LUIS PAEZ FLORES y RUBEN DARÍO CONTRERAS RAMOS, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las mismas facultades señaladas en la mencionada cláusula novena del pacto social primitivo. Demas estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, 11 de Julio 2024.