Instrumento
- Fecha
- 3 de julio de 2024
- Repertorio
- 20175-2024
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad es: a) desarrollar toda clase de actividades inmobiliarias, adquirir bienes raíces rurales o urbanos, subdividirlos, efectuar su venta por pisos, loteo u otros, enajenar y explotar en cualquier forma los mismos, ya sea a través de compraventas, arrendamientos, leasing y en general, la ejecución de proyectos inmobiliarios; b) realizar inversiones en toda clase de bienes inmuebles, sean urbanos o rurales; c) planificar, desarrollar y ejecutar, por cuenta propia o ajena loteos, edificios, conjuntos habitacionales, deportivos, turísticos, recreacionales o sociales y toda clase de proyectos inmobiliarios; d) realizar inversiones inmobiliarias, celebrar respecto de ellas toda clase de actos y contratos y efectuar en los bienes inmuebles que adquiera y)o administre, construcciones y transformaciones y todas las operaciones inmobiliarias que estime pertinente; e) adquirir, enajenar, negociar, administrar, explotar, comercializar, arrendar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces urbanos o rurales, pudiendo efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de cualquier naturaleza y venderlas y)o explotarlas por cuenta propia o ajena; f) compra, venta, arrendamiento y la comercialización en general de toda clase de bienes inmuebles o de derechos en ellos y el desarrollo y promoción, por cuenta propia o ajena, de negocios inmobiliarios; g) invertir en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, especialmente acciones, bonos, debentures, efectos de comercio, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; y h) asesorar en materias relacionadas con el desarrollo urbano y proyectos inmobiliarios y, en general, realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. Para el logro de sus objetivos, la Sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte y, en general, podrá ejecutar toda clase de actos civiles y comerciales autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. Asimismo, la Sociedad podrá dedicarse a cualquier otra actividad que los accionistas acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 3 de julio de 2024, otorgada en esta misma notaría bajo el número de repertorio 20.175-2024, ante mí, FRANCO JOAQUÍN PECCHI CHAPELA constituyó una sociedad por acciones, de conformidad con los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, de cuyos estatutos se extracta: Nombre o Razón Social: “INVERSIONES ENTREMARES SpA”. Objeto: El objeto de la Sociedad es: a) desarrollar toda clase de actividades inmobiliarias, adquirir bienes raíces rurales o urbanos, subdividirlos, efectuar su venta por pisos, loteo u otros, enajenar y explotar en cualquier forma los mismos, ya sea a través de compraventas, arrendamientos, leasing y en general, la ejecución de proyectos inmobiliarios; b) realizar inversiones en toda clase de bienes inmuebles, sean urbanos o rurales; c) planificar, desarrollar y ejecutar, por cuenta propia o ajena loteos, edificios, conjuntos habitacionales, deportivos, turísticos, recreacionales o sociales y toda clase de proyectos inmobiliarios; d) realizar inversiones inmobiliarias, celebrar respecto de ellas toda clase de actos y contratos y efectuar en los bienes inmuebles que adquiera y/o administre, construcciones y transformaciones y todas las operaciones inmobiliarias que estime pertinente; e) adquirir, enajenar, negociar, administrar, explotar, comercializar, arrendar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces urbanos o rurales, pudiendo efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de cualquier naturaleza y venderlas y/o explotarlas por cuenta propia o ajena; f) compra, venta, arrendamiento y la comercialización en general de toda clase de bienes inmuebles o de derechos en ellos y el desarrollo y promoción, por cuenta propia o ajena, de negocios inmobiliarios; g) invertir en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, especialmente acciones, bonos, debentures, efectos de comercio, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; y h) asesorar en materias relacionadas con el desarrollo urbano y proyectos inmobiliarios y, en general, realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. Para el logro de sus objetivos, la Sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte y, en general, podrá ejecutar toda clase de actos civiles y comerciales autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. Asimismo, la Sociedad podrá dedicarse a cualquier otra actividad que los accionistas acuerden. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan íntegramente de la siguiente manera: FRANCO JOAQUÍN PECCHI CHAPELA suscribe en este acto 1.000 acciones, en la suma de $1.000.000, que equivalen al 100% de las acciones de la Sociedad, que paga en este acto en dinero efectivo ingresando dicha suma a la caja social. El capital de la Sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 08 de julio de 2024.