MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Octodots Analytics SpA

RUT 76611493-8 CVE 2517949
Capital
$80.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de junio de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de junio de 2024
Notario
GIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO
Oficio
Décima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$80.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO, Abogado, Notario Público de la Décima Notaría de Santiago, Suplente de la Titular Valeria Ronchera Flores, con oficio en calle Agustinas 1287. Certifica: Con fecha 27 de junio de 2024, Rep N° 6967-2024, se redujo a escritura pública otorgada ante mí, el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “Octodots Analytics SpA”, celebrada en esta ciudad el día 05 de junio de 2024, acordándose: (i) Aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $80.000.000, esto es, desde la suma de $284.634.860.-, el cual se encuentra dividido y representado en 1.324.688 acciones de las cuales (i) 1.021.585 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, (ii) 260.608 acciones Serie A Preferentes , nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, y (iii) 42.494 acciones Serie B, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, que carecen del derecho a voto, a la cantidad de $364.634.860, ello mediante la emisión de (i) 297.689 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal y (ii) 75.941 acciones Serie A Preferentes , nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, que representarán un valor de colocación total acumulado de $80.000.000; (ii) Como consecuencia del aumento de capital acordado, modificar los estatutos sociales reemplazando los artículos quinto permanente y el artículo primero transitorio, por nuevos artículos quinto y artículo primero transitorio, respectivamente, de acuerdo con lo siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad será la suma de $364.634.860.-, el cual se encuentra dividido y representado. en 1.698.317 acciones, de las cuales (i) 1.319.274 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, (ii) 336.549 acciones Serie A Preferentes Preferentes, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, cuya preferencia corresponderá al derecho de designar a 1 director de los 5 directores que componen la mesa directiva, y (iii) 42.494 acciones Serie B, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, que carecen del derecho a voto, que se suscriben, enteran y pagan en la forma establecida en las disposiciones transitorias.”. “Artículo Primero Transitorio: En conformidad al Artículo Quinto de estos Estatutos, el capital de la Sociedad será la suma de $364.634.860.-, el cual se encuentra dividido y representado en 1.698.317 acciones, de las cuales (i) 1.319.274 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, (ii) 336.549 acciones Serie A Preferentes Preferentes, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, cuya preferencia corresponderá al derecho de designar a 1 director de los 5 directores que componen la mesa directiva, y (iii) 42.494 acciones Serie B, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, que carecen del derecho a voto, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: a) 1.319.274 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal que han sido suscritas y pagadas con anterioridad a este acto, b) 336.549 acciones Serie A Preferentes Preferentes, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal que han sido suscritas y pagadas con anterioridad a este acto, c) 20.748 acciones Serie B, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, que carecen del derecho a voto que han sido suscritas y pagadas con anterioridad a este acto, y d) 21.746 acciones Serie B, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, que carecen del derecho a voto que quedan pendientes de ser suscritas y pagadas, y deberán serlo en el plazo máximo de 10 años contados desde 31 de octubre de 2023, debiendo al efecto ser pagadas en dinero u otros bienes, capitalización de créditos y a través del aporte de Know how, activos digitales u apotres de bienes valorizados en conformidad a la ley o estos estatutos.”; (iii) Adoptar todos los demás acuerdos que se requieran para llevar a efecto las decisiones y reforma de los estatutos que se acuerden por la Junta. Demás estipulaciones constan en escritura extractada por no ser materia de extracto. En Santiago 02 de julio de 2024.