MENA Y ABUGOSH INVERSIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de mayo de 2024
- Notario
- SERGIO DANIEL ULLOA OJEDA
- Oficio
- 28ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO DANIEL ULLOA OJEDA, Abogado, Notario Público Interino de la 28ª Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Recoleta Nº 377, Recoleta, Región Metropolitana, certifico, que por escritura pública de fecha 13/05/2024; Don SIMÓN JUAN CARLOS ABU-GOSH FERJ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, factor de comercio, CI Nº 15.317.637-K, domiciliado en calle Belisario Prats Nº 1791, Independencia, Región Metropolitana; doña DENISSE EDELMIRA MENA OYARCE, chilena, soltera, esteticista profesional, CIº Nº 20.288.343-5, domiciliada en calle Rivera Nº 1297, Independencia, Región Metropolitana; y, doña GINA GABRIELA MESÍAS DE LA FUENTE, chilena, casada bajo el Régimen de Separación Total de Bienes, parvularia, CI Nº 13.443.568-2, domiciliada en calle Relke Nº 663, Quilicura, Región Metropolitana, mayores de edad; vienen en modificar sociedad de responsabilidad limitada denominada “MENA Y ABUGOSH INVERSIONES LIMITADA”, RUT 77.733.537-5, constituida por escritura pública de fecha 14/11/2022, otorgada ante el Notario de Santiago PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, cuyo extracto se inscribió a Fs 97.498 Nº 42.772 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2022 y publicado en el D.O de fecha 09/12/2022. En sentido que indica, doña DENISSE EDELMIRA MENA OYARCE, vende, cede y transfiere el total de su participación en la sociedad que es el 50% del capital social a doña GINA GABRIELA MESÍAS DE LA FUENTE, quien compra, acepta y adquiere para sí, el total de los referidos derechos sociales en la suma de $1.000.000 que la cesionaria paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, y que éste declara recibir a su entera satisfacción. En consecuencia, y producto de la cesión precedente, se retira de la sociedad doña DENISSE EDELMIRA MENA OYARCE e ingresa doña GINA GABRIELA MESÍAS DE LA FUENTE, quedando como únicos socios don SIMÓN JUAN CARLOS ABU-GOSH FERJ, en proporción del cincuenta por ciento de los derechos sociales y doña GINA GABRIELA MESÍAS DE LA FUENTE, en proporción del cincuenta por ciento de los derechos sociales. Modificación: ARTICULO SEXTO. ADMINISRACIÓN, USO DE LA RAZÓN SOCIAL Y REPRESENTACIÓN: La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a don SIMÓN JUAN CARLOS ABU-GOSH FERJ y a doña GINA GABRIELA MESÍAS DE LA FUENTE de forma conjunta, quienes anteponiendo su firma personal a la razón social la representaran con las más amplias facultades de administración, pudiendo obligarla en toda clase de actos, con iguales facultades que las señaladas en el pacto social constitutivo. En todo lo no modificado rige pacto social constitutivo, demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 14 de junio de 2024.