INVERSIONES VALYPAS SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de mayo de 2024
- Repertorio
- 46784-24
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
- Oficio
- Cuadragésima Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, Notario Público Titular de la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago, ubicada en calle Hermanos Amunátegui número 73, comuna de Santiago certifica: Que, por escritura pública de fecha 15 de mayo 2024, bajo repertorio N° 46.784-24, ante mí, comparecieron JESSICA JANET MARTÍNEZ CABRERA, en su calidad de única accionista según registro de accionistas tenido a la vista, de INVERSIONES VALYPAS SpA (en adelante “la Sociedad”), rol único tributario N° 77.214.018-5, inscrita a fojas 52.493, número 24.819, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2020, acordó: Uno. Aumentar el capital de la Sociedad de la suma de $500.000, divido en 100 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la suma de $35.540.000 mediante la emisión de 7.408 nuevas acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan en la forma señalada en la escritura extractada. En consecuencia, el capital social queda en $35.540.000 dividido en 7.508 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, totalmente suscritas y pagadas. Dos. Modificar la administración de la Sociedad por cuanto la administración y uso de la razón social corresponderá a doña Jessica Janet Martínez Cabrera y a don Juan Pablo Arangua Ruiz, para que actuando uno cualesquiera de ellos indistintamente representen a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. El o los administradores de la sociedad permanecerán en su cargo indefinidamente. Las Facultades de administración se encuentran señaladas en el Artículo Décimo Tercero de la escritura extractada, las que no se señalan por no ser materia de extracto. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 10 de julio 2024.